Se ha publicado en el BOE de 2 de noviembre, Orden JUS/1056/2017, de 3 de octubre, por la que se corrigen errores en la Orden JUS/875/2017, de 8 de septiembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso a los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.
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La corrección consiste en:
"Advertida errata en la base séptima sobre los requisitos que los candidatos deben poseer para su admisión en los procesos selectivos, en el apartado 1.5 «Habilitación», donde dice:
«b) No haber sido separado del servicio de alguna de las Administraciones Públicas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución especial, ni comprendidos en causa de incapacidad o incompatibilidad establecida en disposiciones legales.»
Debe decir:
«b) No haber sido separado del servicio de alguna de las Administraciones Públicas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.»"
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"Advertida errata en la base séptima sobre los requisitos que los candidatos deben poseer para su admisión en los procesos selectivos, en el apartado 1.5 «Habilitación», donde dice:
«b) No haber sido separado del servicio de alguna de las Administraciones Públicas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución especial, ni comprendidos en causa de incapacidad o incompatibilidad establecida en disposiciones legales.»
Debe decir:
«b) No haber sido separado del servicio de alguna de las Administraciones Públicas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.»"