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Oposiciones Letrados de la Administración de Justicia, turno libre: publicada la valoración provisional de méritos de la fase de concurso


8 ene 2021



Se ha publicado en la página web del Ministerio de Justicia:

LETRADOS DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, Orden JUS/402/2019, de 19 de marzo. (BOE de 8 de abril de 2019)

Acuerdo del Tribunal nº 1 por el que se publica la valoración provisional de méritos en fase de concurso
8 de enero de 2021

Plazo de presentación de alegaciones: del 11 al 22 de enero, ambos incluidos

Documentos Asociados


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Nota del Tribunal de Tramitación turno libre sobre la presentación de los títulos del apartado A de la fase de concurso


30 nov 2020




Se ha publicado en la página web del Ministerio de Justicia:

Nota del Tribunal de Tramitación turno libre sobre la presentación de los títulos del apartado A de la fase de concurso


TRAMITACION PROCESAL Y ADMINISTRATIVA, ACCESO LIBRE, Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto (BOE de 31)ACUERDO TRIBUNAL CALIFICADÓR ÚNICO30 de noviembre de 2020


ACUERDO TRIBUNAL CALIFICADÓR ÚNICO
30 de noviembre de 2020

ACUERDO TCU ENTREGA DOCUMENTACION (pdf. 428.54 KB)

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Oposiciones Gestión Procesal y Administrativa, turno libre: anuncio del Tribunal Calificador Único por el que se modifica la dirección de correo electrónico del ámbito territorial de Cataluña


24 nov 2020



Este es el nuevo acuerdo del Tribunal Calificador Único del proceso selectivo de Gestión Procesal y Administrativa, turno libre: se modifica la dirección de correo electrónico a la que dirigir las certificaciones de los conocimientos correspondientes al Anexo I-C

GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA, ACCESO LIBRE, Orden JUS/764/2019, de 10 de julio (BOE de 15)

Anuncio del Tribunal Calificador Único por el que se modifica la dirección de correo electrónico Ámbito territorial Cataluña
24 de noviembre de 2020

Se modifica la dirección de correo electrónico a la que se deben enviar aportar las certificaciones acreditativas de los conocimientos correspondientes al anexo I-C de la presente Orden, en formato PDF para el Ámbito territorial de Cataluña

La nueva dirección de correo electrónico es:

aj.gestiotornlliure.justicia@gencat.cat

Las certificaciones remitidas a la dirección de correo electrónico que figura en el Acuerdo de 23 de noviembre de 2020 de este Tribunal, deberán ser remitidas de nuevo a la dirección de correo electrónico que figura en este anuncio
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Oposiciones Gestión Procesal y Administrativa, turno libre: Acuerdo del Tribunal sobre el inicio de la fase de concurso en el ámbito de Cataluña. Comienzo del plazo de entrega de la documentación de los cursos


23 nov 2020


 


Acuerdo del Tribunal Calificador Único de Gestión Procesal y Administrativa, turno libre, sobre el inicio de la fase de concurso en el ámbito de Cataluña: comienzo del plazo para entregar la documentación de los cursos (apartado B de la fase de concurso) 
 
Para el ámbito de Cataluña, el plazo para la entrega de la documentación de los cursos (apartado B de la fase de concurso) comienza el mismo día 23 de noviembre (desde las 15 horas) y termina a las 15 horas del día 23 de diciembre de 2020


GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA, ACCESO LIBRE, Orden JUS/764/2019, de 10 de julio (BOE de 15)

Acuerdo del Tribunal Calificador Único de Gestión Procesal y Administrativa, turno libre
23 de noviembre de 2020


Documentos asociados



El acuerdo, tras las consideraciones del Tribunal, establece:

1º. Se procede a iniciar la fase de concurso prevista en el Anexo I, I-B de la convocatoria para el ámbito territorial de Cataluña

2º. Se concede un plazo de veinte días hábiles a todos los aprobados, a contar desde las 15:00 horas del día 23 de noviembre de 2020 hasta las 15.00 horas del día 23 de diciembre de 2020, para presentar exclusivamente la documentación establecida en el Anexo I-B, apartado B (Historial profesional), que comprende los apartados B-1 y B-2

Esta documentación la enviarán los opositores por medios telemáticos, a través del enlace que se facilitará a través de la página web, siguiendo las instrucciones del manual que se adjunta

Los opositores podrán acceder a su expediente durante ese periodo cuantas veces lo precisen para añadir o eliminar documentación. Transcurrido el plazo, no podrá incorporarse ni eliminarse dato alguno, quedando como definitiva la documentación que conste incorporada tras el último acceso dentro de plazo

Los méritos indicados deben estar recibidos y acreditados en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, es decir, desde el 12-08-2009 hasta el 12-08-2019

Las puntuaciones que muestre el asistente son meramente informativas, quedando supeditadas a la valoración posterior del Tribunal Calificador Único o de los Tribunales Delegados

Dentro del mismo plazo de veinte días, los opositores que concurran por Comunidades Autónomas con ejercicios optativos podrán aportar las certificaciones acreditativas de los conocimientos correspondientes al anexo I-C de la presente Orden, en formato PDF, a las siguientes direcciones de correo electrónico:

- Ámbito territorial Cataluña: lbarbero@gencat.cat

En otro caso, habrán de presentarse a los ejercicios que se dispongan para acreditar sus conocimientos de idiomas autonómicos

En el enlace: https://pubwebseal.justicia.es/sap/public/sap/bc/webdynpro/sap/zasistente_co_gta_acceso# se accede al asistente para la aportación de los méritos de la fase de concurso 

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CCOO solicita la ampliación del plazo para acreditar los cursos de inteligencia emocional, salud laboral e igualdad en la fase de concurso del proceso selectivo de Tramitación, turno libre


20 nov 2020



CCOO
SOLICITA AL MINISTERIO DE JUSTICIA Y AL TRIBUNAL CALIFICADOR ÚNICO DEL PROCESO SELECTIVO DE TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA (TURNO LIBRE) QUE SE ABRA UN NUEVO PLAZO PARA LA ACREDITACIÓN DE CURSOS DE INTELIGENCIA EMOCIONAL, SALUD LABORAL E IGUALDAD QUE CUMPLAN CON LOS NUEVOS REQUISITOS ANUNCIADOS

El tribunal anunció ayer , justo el día en que acababa el plazo, un cambio de criterio (adoptado a propuesta de CCOO) para la valoración de estos cursos, lo que ha podido provocar que algunas personas no los hayan acreditado al haberse anunciado previamente que no serían valorados si no cumplían los requisitos que ahora han sido modificados

Hemos remitido escrito al Ministerio de Justicia y al Tribunal con el siguiente texto:

Estimados/as Sres./as.:

El pasado día 16 de octubre el Tribunal Único de las pruebas selectivas de Tramitación, turno libre, acordó diversos criterios respecto a los cursos de formación que serían valorables en la fase de concurso de este proceso selectivo, resolviéndose que:

No se considerarán los siguientes cursos de formación:

- Cursos de inteligencia emocional, puesto que no están previstos en la convocatoria y no tienen carácter jurídico

- Cursos de prevención de riesgos laborales, salvo que principalmente contengan módulos jurídicos relativos a derecho procesal o sustantivo. Los opositores deberán aportar el programa del curso para la comprobación de estos extremos

- Cursos de igualdad, salvo que principalmente contengan módulos jurídicos, debiendo aportar el programa del curso a los mismos fines que el apartado anterior

Ayer, día 19 de noviembre, y en base a la reclamación que efectuó este sindicato al respecto, se publicó un nuevo acuerdo de este tribunal modificando dichos criterios y resolviendo a este respecto lo siguiente:

- Cursos de inteligencia emocional: no se considerarán, puesto que no están previstos en la convocatoria y no tienen carácter jurídico. Sin perjuicio de ello, se valorarán caso por caso los que se presenten, siempre que pueda entenderse que son cursos de salud laboral, en las mismas condiciones que estos, es decir, siempre que se acredite que contienen unidades o módulos de carácter jurídico, para lo que deberán aportar el programa del curso para la comprobación de estos extremos

- Cursos de salud laboral: se valorarán siempre que contengan unidades o módulos jurídicos. Los opositores deberán aportar el programa del curso para la comprobación de este extremo

- Cursos de igualdad: se valorarán siempre que contengan unidades o módulos jurídicos. Los opositores deberán aportar el programa del curso para la comprobación de este extremo

Se da la circunstancia de que el día de ayer mismo era en el que vencía el plazo para la presentación de las certificaciones de los cursos de formación por parte de las personas que superaron la fase oposición y algunas de ellas no presentaron la justificación de los cursos de inteligencia emocional ni los de salud laboral e igualdad cuyo contenido principal no era de carácter jurídico aunque sí contenían unidades o módulos jurídicos ya que no iban a ser valorados inicialmente

Solicitamos por ello, ante este cambio de criterio del tribunal, que se abra un nuevo plazo para la presentación de las certificaciones de los cursos de inteligencia emocional, salud laboral e igualdad que cumplan con los nuevos exigidos y que no se hubiesen presentado en plazo ordinario ayer finalizado con objeto de evitar la posibilidad de causar perjuicio a determinadas personas afectadas
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Modificadas las bases de la convocatoria del proceso selectivo de Letrados de la Administración de Justicia aceptando la reclamación de CCOO: en el turno libre, se podrán acumular al turno general las plazas desiertas reservadas para personas con discapacidad




Se modifican las bases de la convocatoria del proceso selectivo de Letrados de la Administración de Justicia y se acepta la reclamación de CCOO y de muchas personas opositoras: en el turno libre se podrán acumular al turno general las plazas desiertas reservadas para personas con discapacidad

Se ha publicado en el BOE de 20 de noviembre de 2020:

MINISTERIO DE JUSTICIA

Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia

Orden JUS/1078/2020, de 16 de noviembre, por la que se modifica la Orden JUS/402/2019, de 19 de marzo, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia



Tal y como habían demandado CCOO y muchas personas opositoras:

En la base 1, punto 1.2, último párrafo de la convocatoria, donde dice: «En el turno libre, las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas no se podrán acumular al turno general.», debe decir: «En el turno libre, las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas se podrán acumular al turno general
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El Tribunal del proceso selectivo de Tramitación Procesal y Administrativa, turno libre, rectifica y publica un Acuerdo por el que modifica el anterior, de 16 de octubre, en relación con los méritos del apartado B (cursos) ante las reclamaciones realizadas por CCOO



 


El Tribunal de Tramitación, turno libre, rectifica, y publica un Acuerdo por el que modifica su Acuerdo de 16 de octubre en relación con los méritos del apartado B (cursos), ante las reclamaciones realizadas por CCOO el pasado 21 de octubre

 

CCOO HABÍA EXIGIDO AL TRIBUNAL RECTIFICACIÓN DE SU ACUERDO Y QUE SE VALORARÁN LOS CURSOS DE INTELIGENCIA EMOCIONAL, DE SALUD LABORAL Y DE IGUALDAD, SIEMPRE QUE REUNIERAN LOS REQUISITOS DE CONTENER UNIDADES O MÓDULOS DE CONTENIDO JURÍDICO 


Adjuntamos el acuerdo del Tribunal de Tramitación, turno libre:

TRAMITACION PROCESAL Y ADMINISTRATIVA, ACCESO LIBRE, Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto (BOE de 31)

ACUERDO VALORACIÓN MÉRITOS HISTORIAL PROFESIONAL
19 de noviembre de 2020

Acuerdo del Tribunal Calificador Único por el que se dan a conocer los criterios sobre la valoración de méritos del Historial profesional establecido en el Anexo I, I-B de la convocatoria de oposiciones

Documentos asociados


El ACUERDO DEL TRIBUNAL DE FECHA 18 DE NOVIEMBRE EXPRESA:

1º.- Con relación a las titulaciones o certificaciones académicas de entre las valoradas en el apartado A del Anexo I-B, únicamente en relación a aquellos opositores que en su solicitud inicial de participación no hayan prestado su consentimiento, se comunica que próximamente se dará a conocer el plazo para su presentación a través del aplicativo informático que se explicará debidamente. Solo los opositores indicados tendrán acceso a dicho aplicativo

2º.- Los criterios interpretativos de valoración que se acordaron el 16 de octubre con relación a los méritos del apartado B (Historial profesional) del Anexo I-B, se modifican en el sentido siguiente:

Apartado B (Historial profesional):

Apartado B-1 (Cursos de formación)

En este apartado se valorarán los cursos recibidos y acreditados en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, es decir, desde el 27-9-2009 hasta el 27-9-2019

- Cursos de inteligencia emocional: No se considerarán, puesto que no están previstos en la convocatoria y no tienen carácter jurídico. Sin perjuicio de ello, se valorarán caso por caso los que se presenten, siempre que pueda entenderse que son cursos de salud laboral, en las mismas condiciones que estos, es decir, siempre que se acredite que contienen unidades o módulos de carácter jurídico, para lo que deberán aportar el programa del curso para la comprobación de estos extremos

- Cursos de salud laboral: Se valorarán siempre que contengan unidades o módulos jurídicos. Los opositores deberán aportar el programa del curso para la comprobación de este extremo

- Cursos de igualdad: Se valorarán siempre que contengan unidades o módulos jurídicos. Los opositores deberán aportar el programa del curso para la comprobación de este extremo

- Cursos de atención al ciudadano: No se valorarán, si no tienen contenido jurídico. Se exceptúan los cursos específicos de atención a la víctima

- Apartado B-2 (Cursos de formación en informática)

En este apartado se contarán los cursos recibidos y acreditados en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, es decir, desde el 27-9-2009 hasta el 27-9-2019

- Cursos de mecanografía por ordenador: No se considerarán como cursos de informática

CCOO ya había reclamado al Tribunal de Tramitación, turno libre, en escrito de fecha 21 de octubre, lo siguiente (enlace a este escrito):


En el escrito de CCOO, remitido hoy al Tribunal hemos expuesto:

1.- El punto 5º del Acuerdo de 16 de octubre pasado de ese tribunal recoge:

“No se considerarán los siguientes cursos de formación:
  • Cursos de inteligencia emocional, puesto que no están previstos en la convocatoria y no tienen carácter jurídico
  • Cursos de prevención de riesgos laborales, salvo que principalmente contengan módulos jurídicos relativos a derecho procesal o sustantivo. Los opositores deberán aportar el programa del curso para la comprobación de estos extremos
  • Cursos de igualdad, salvo que principalmente contengan módulos jurídicos, debiendo aportar el programa del curso a los mismos fines que el apartado anterior”
2.- Sin embargo, en las bases de la convocaría del proceso selectivo sobre este particular se recoge:

“... se valorarán los cursos en materia de igualdad o salud laboral que incluyan unidades o módulos de contenido jurídico”

3.- Se generan varias discrepancias, a juicio de este sindicato, entre el contenido de las bases y la interpretación que se hace de las mismas en acuerdo de 16 de octubre, en concreto:

a) Se confunde el concepto “prevención de riesgos laborales” (al que se refiere el acuerdo) y el concepto, más amplio, “salud laboral” (al que se refieren las bases), siendo la prevención de riesgos laborales solo un aspecto de la salud laboral

b) La inteligencia emocional está directamente relacionada con los riesgos psicosociales para la salud, en general, y para la salud laboral en particular. Son múltiples los estudios y publicaciones científicas que certifican esta relación. A modo de ejemplo,

- Inteligencia emocional una eficaz herramienta para la prevención de riesgos laborales



- Organizaciones emocionalmente inteligentes como antídoto a los riesgos psicosociales

Autores: Edgar Bresó Esteve, Marisa Salanova Soria


c) En cuanto al contenido jurídico de los cursos sobre salud laboral e igualdad, las bases de la convocatoria los diferencia claramente de los cursos “con contenido principal de carácter jurídico relacionados con la actividad del Cuerpo” a los que se refiere el párrafo primero del apartado B-1 del Anexo I-B (Fase de concurso) de dichas bases de convocatoria. Respecto a los cursos de salud laboral e igualdad solo se exige que incluyan unidades o módulos de contenido jurídico y no que “principalmente contengan módulos jurídicos relativos a derecho procesal o sustantivo” o que “principalmente contengan módulos jurídicos”, como se recoge en el acuerdo para los cursos de prevención de riesgos laborales y de igualdad, respectivamente

Por todo ello hemos solicitado la rectificación del punto 5º del Acuerdo de ese Tribunal de fecha 16 de Octubre de 2020 en lo referente a:
  • Que sí deben ser valorados los cursos de inteligencia emocional que reúnan los requisitos necesarios
  • Que sí deben ser valorados los cursos de salud laboral, más allá de los de prevención de riesgos laborales, que reúnan los requisitos necesarios
  • Que tanto los cursos de salud laboral como los de igualdad se valoren siempre que, reuniendo el resto de requisitos, contengan unidades o módulos de contenido jurídico, aunque estos módulos o unidades no constituyan su contenido principal
  • Que el contenido jurídico exigible para los cursos de salud laboral no se restrinja a lo relativo al derecho procesal o sustantivo, sino a cualquier otra disciplina jurídica o rama de del derecho
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CCOO exige que se tomen medidas por el inaceptable retraso en la publicación de las notas del proceso selectivo de Gestión, turno libre, en el ámbito de Cataluña


16 nov 2020




Casi nueve meses después de la realización del examen se publicaron, el pasado viernes,  las notas del tercer ejercicio de Gestión del tribunal delegado de Cataluña, sin dar ninguna explicación sobre el grave retraso producido

CCOO EXIGE AL MINISTERIO DE JUSTICIA QUE INVESTIGUE Y HAGA PÚBLICAS LAS CAUSAS QUE HAN PROPICIADO EL INACEPTABLE RETRASO EN LA CORRECCIÓN DE EXÁMENES DE GESTIÓN EN CATALUÑA, PARA QUE NO VUELVAN A PRODUCIRSE SITUACIONES SIMILARES POR LOS GRAVES PERJUICIOS QUE SE HAN CAUSADO


Es inaceptable la falta de consideración que se ha producido hacia los y las aspirantes por ese ámbito territorial, a quienes ni tan siquiera se les ha dado una explicación razonable ni una información adecuada. Pero también ha causado un grave perjuicio al conjunto de personas que van a superar el proceso selectivo en todos los ámbitos territoriales, que se han visto privadas de obtener su puesto de trabajo (que tantísimo esfuerzo les está costando en este exigente proceso) en un plazo razonable

Ni el Ministerio de Justicia ni el Tribunal Calificador Único pueden seguir inhibiéndose de su obligación de dirigir, coordinar y gestionar este proceso selectivo, y no pueden mostrar complicidad ni condescendencia con los hechos ocurridos, que han generado este grave perjuicio a un importante número de personas, perjuicio que también afectará a las convocatorias de los futuros procesos selectivos de las OEPs de 2019 y 2020, que se verán retrasada por este motivo, y a quienes tendrán que esperar también más tiempo para presentarse en estas nuevas convocatorias

En defensa de quienes legítimamente aspiran a un puesto de trabajo público y en defensa del propio empleo público EXIGIMOS UNA EXPLICACIÓN Y LA ADOPCIÓN DE LAS MEDIDAS QUE CORRESPONDAN

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Oposiciones Gestión Procesal y Administrativa, turno libre: publicada la relación de aprobados del tercer ejercicio por al ámbito de Cataluña


13 nov 2020



Oposiciones Gestión Procesal y Administrativa, turno libre: Acuerdo de 12 de noviembre, del Tribunal Calificador Único, por el que se publica la relación de aspirantes que han superado el tercer ejercicio de la fase de oposición en el ámbito de Cataluña

GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA, ACCESO LIBRE, Orden JUS/764/2019, de 10 de julio (BOE de 15)

Acuerdo de 12 de noviembre del Tribunal Calificador Único, por el que se publica la relación de aspirantes que han superado el tercer ejercicio de la fase de oposión en el ámbito de Cataluña

13 de noviembre de 2020

Documentos asociados

Acuerdo de 12 de noviembre aprobados tercer ejercicio Cataluña.pdf (PDF. 125 KB)

Anexo Acuerdo de 12 de noviembre (PDF. 142 KB)

Esto expresa el acuerdo del Tribunal:

" ACUERDO

Primero. Se publica la relación de aspirantes que han superado el tercer ejercicio de la fase de oposición del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, turno libre, en el ámbito territorial de Cataluña

Segundo. Se comunica que en los próximos días se anunciará en la página web del Ministerio de Justicia la vía a través de la cual deberá ser presentada la documentación acreditativa de los méritos a valorar en la fase de concurso de este proceso selectivo, así como la fecha a partir de la cual comenzará a computarse el plazo previsto en la Base 7.4 de la Convocatoria para la presentación de dicha documentación. Estos plazos regirán exclusivamente para el ámbito territorial de Cataluña, manteniéndose para el resto de ámbitos territoriales los plazos establecidos en el acuerdo de 26 de octubre de este Tribunal "

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El Ministerio de Justicia confirma a CCOO que todas las personas solicitantes, tanto en promoción interna como en turno libre, han sido seleccionadas para el curso online de preparación de oposiciones




Tal y como CCOO viene demandando desde que logramos la inclusión de los cursos on line de preparación de oposiciones en el plan anual de formación, tanto de promoción interna como del turno libre

El Ministerio de Justicia confirma a CCOO que todas las personas solicitantes del curso online de preparación de oposiciones, tanto en promoción interna como en turno libre, han sido seleccionadas 


La empresa adjudicataria está enviado desde hace días el enlace para entrar en el curso a todas las personas solicitantes

Los datos que hemos solicitado, y que el Ministerio de Justicia nos ha facilitado, sobre el curso online son los siguientes:

- La empresa adjudicataria del contrato ha sido FORMACIÓN CASTILLA Y LEON, S.L (Focyl)

- El curso estaba previsto que se iniciara durante la primera semana de Noviembre, y salvo algunas incidencias que está resolviendo la empresa, se están remitiendo los correos a los seleccionados con el enlace para la participación en el mismo

- Finalmente se han incluido en los cursos a todo el personal que lo ha solicitado, tanto en Turno Libre como en Promoción Interna

- El número de personal seleccionado ha sido de 561 para Promoción Interna y 1.799 para turno libre

- El periodo de vigencia del curso es desde el 1 de Noviembre de 2020 al 31 de Octubre de 2021

En el caso de que alguna persona, que haya solicitado el curso, no lo haya recibido aún, o no reciba en enlace en estos próximos días para acceder al curso, poneos en contacto con las personas delegadas de CCOO de vuestro ámbito
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Oposiciones Gestión Procesal y Administrativa, turno libre: el Tribunal Delegado de Cataluña ya ha enviado los resultados de las correcciones al Tribunal Calificador Único


12 nov 2020



Según fuentes del Departament de Justícia de la Generalitat de Cataluña, el Tribunal Delegado envió ayer el resultado de las correcciones al Tribunal Calificador Único, y por fin los listados de aprobados del tercer ejercicio de ese ámbito


Esperamos que su publicación sea inminente
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Oposiciones Letrados de la Administración de Justicia, turno libre: distribución por aulas tercer ejercicio, declaración responsable y protocolo COVID-19


11 nov 2020



Las personas aspirantes, para acceder al examen, deberán portar el documento de declaración responsable debidamente firmado
 (se adjunta)

LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, Orden JUS/402/2019, de 19 de marzo. (BOE de 8 de abril de 2019)

Tercer ejercicio de turno libre. Protocolo COVID-19

11 de noviembre de 2020

¡¡ATENCIÓN!! Únicamente se permitirá la entrada a la Facultad de Derecho a efectos de realizar el tercer ejercicio de turno libre, con mascarillas quirúrgicas o FFP2

Documentos asociados

Protocolo COVID-19. 3º ejercicio LAJ (PDF. 285 KB)

Declaración responsable COVID-19 (PDF. 250 KB)

Entre las medidas del protocolo Covid-19, se adjunta documento de identificación imprescindible para acceder al recinto: "La entrada al aula se llevará a cabo de uno en uno, a la hora establecida, debiendo presentar en la entrada del aula el DNI u otro documento de identificación legalmente establecido y la declaración responsable relativa al COVID-19 debidamente cumplimentada y firmada."

Tercer ejercicio de turno libre. Distribución de aulas

11 de noviembre de 2020

Documentos asociados

Distribución por aulas (PDF. 326 KB)

AULA 101 (PDF. 293 KB)



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Oposiciones Letrados de la Administración de Justicia, turno libre: publicada la relación de aprobados del segundo ejercicio de la fase de oposición y convocatoria para la realización del tercer ejercicio


5 nov 2020



Se ha publicado en la página web del Ministerio de Justicia:

LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, Orden JUS/402/2019, de 19 de marzo. (BOE de 8 de abril de 2019)

Acuerdo del Tribunal Nº Uno por el que se publica la relación de aspirantes que han aprobado el segundo ejercicio de oposición por turno libre y se convoca la celebración del tercer ejercicio
4 de noviembre de 2020

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"...Convocar a los opositores incluidos en dicha relación a la celebración del tercer ejercicio que tendrá lugar el próximo día 15 de noviembre de 2020, comenzando el llamamiento a las 10:00 horas, en la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid..."
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Oposiciones Letrados de la Administración de Justicia, turno libre: modificación de la fecha del tecer ejercicio y calificaciones diarias examen oral hasta 30 de octubre


3 nov 2020



Se ha publicado en la página web del Ministerio de Justicia:

LETRADOS DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, Orden JUS/402/2019, de 19 de marzo. (BOE de 8 de abril de 2019)

Tercer examen de turno libre, caso práctico
30 de octubre de 2020

¡¡ATENCIÓN!! Se modifica la fecha del 3º ejercicio, caso práctico de turno libre: Su realización será el 15 de noviembre. (La fecha será oficial con la publicación del Acuerdo del Tribunal calificador n.º 1 de aprobados del segundo ejercicio)

Relación de calificaciones diarias de los opositores convocados al examen oral de turno libre. Octubre
30 de octubre de 2020

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El Tribunal del proceso selectivo de Gestión, turno libre, ante la exigencia de CCOO, se ve obligado a rectificar y anula el modelo de autoevaluación que había publicado días antes


30 oct 2020



EL TRIBUNAL DEL PROCESO SELECTIVO DE GESTIÓN, TURNO LIBRE (OEP 2017-2018), ANTE LA EXIGENCIA DE CCOO REALIZADA TRAS PUBLICARSE, EL 27 DE OCTUBRE, EL ACUERDO DE ESE TRIBUNAL, SE VE OBLIGADO A RECTIFICAR, DA LA RAZÓN A CCOO Y ANULA EL MODELO DE AUTOEVALUACIÓN QUE HABÍA PUBLICADO

LA EXIGENCIA DE CCOO HABÍA SIDO CONTUNDENTE, TRAS EL ERROR DEL ACUERDO DEL TRIBUNAL:


CCOO
 EXIGE AL MINISTERIO DE JUSTICIA Y AL TRIBUNAL DE GESTIÓN, TURNO LIBRE, QUE NO CONFUNDAN A LOS OPOSITORES Y ACLAREN QUE EL PLAZO ABIERTO DESDE EL 28 DE OCTUBRE ES EXCLUSIVAMENTE PARA PRESENTAR LOS MÉRITOS DEL APARTADO B DE LA FASE DE CONCURSO

Se debe retirar el modelo de autoevaluación de la web pues solo ha generado confusión e incertidumbre entre las personas opositoras


Seguidamente adjuntamos la nota del Tribunal de Gestión, turno libre publicada en la tarde de hoy, 30 de octubre, que rectifica lo publicado el 27 de octubre:

GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA, ACCESO LIBRE, Orden JUS/764/2019, de 10 de julio (BOE de 15)

ANUNCIO DEL TRIBUNAL CALIFICADOR ÚNICO
30 de octubre de 2020

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Con este acuerdo, publicado hoy en la web, el Tribunal deja sin efecto la presentación del modelo de autoevaluación y lo expresa así en su anuncio:

D. Ante los numerosos problemas informáticos detectados con el modelo de autoevaluación propuesto (problemas de descarga, cumplimentación, firma y otros) se ha decidido eliminar dicho documento, ya que si bien la convocatoria prevé la aportación de dicho modelo, la implementación de la aplicación informática habilitada para la presentación de la documentación justificativa del historial profesional y la estimación de oficio del resto de méritos establecidos en la convocatoria, suplen la presentación del modelo de autoevaluación por los aspirantes

E. Por lo tanto, sólo debe presentarse, en este momento procesal, documentación justificativa de los méritos correspondientes al historial profesional a través de la aplicación habilitada al efecto

F. El resto de méritos serán comprobados de oficio por el órgano gestor del procedimiento, si se dio el consentimiento por el aspirante en la instancia inicial, y por lo tanto no deberá presentarse documentación acreditativa de los mismos

Exactamente como había exigido CCOO
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CCOO exige al Ministerio de Justicia y al Tribunal de Gestión, turno libre, que no confundan a los opositores y aclaren que el plazo abierto desde el 28 de octubre es exclusivamente para presentar los méritos del apartado B de la fase de concurso


28 oct 2020



CCOO exige al Ministerio de Justicia y al Tribunal de Gestión, turno libre, que no confundan a los opositores y aclaren que el plazo abierto desde el 28 de octubre es exclusivamente para presentar los méritos del apartado B de la fase de concurso

Se debe retirar el modelo de autoevaluación de la web pues solo ha generado confusión e incertidumbre entre las personas opositoras

Es contradictorio que el Tribunal exprese en su acuerdo de 26 de octubre que "se abre el plazo para presentar exclusivamente la documentación establecida en el Anexo I-B, apartado B (Historial profesional), que comprende los apartados B-1 y B-2," y  a la vez, exprese en las consideraciones previas al acuerdo, lo siguiente: ."8º. A los efectos de lo establecido en el Anexo I-B se facilitará un modelo de “autoevaluación” de la fase de concurso, que deberá cumplimentarse y presentarse según las instrucciones que se indicarán en la página web."

El Ministerio de Justicia debe aclarar al Tribunal de Gestión, turno libre, y publicar en la web de inmediato:

1.- Que se retire el denominado modelo de autoevaluación de la web, porque solo ha generado incertidumbre y caos entre las personas opositoras que no saben a qué atenerse. Y en ese sentido se elimine el apartado 8 de las Consideraciones del denominado Acuerdo del Tribunal de Gestión turno libre de 26 de octubre de 2020 y publicado el 27 de octubre

2.- Que se aclare y se confirme en la web que las personas opositoras, que han superado la fase de oposición de Gestión, turno libre, en los ámbitos cuyas notas se han publicado ya (recordamos que el Tribunal Delegado de Cataluña no ha publicado los aprobados del tercer ejercicio), solo tienen que presentar la documentación referida al apartado B de la fase de concurso (cursos)

Asimismo, reiteramos que el Tribunal debe, además de publicar las notas del Tribunal Delegado de Cataluña del tercer ejercicio urgentemente, publicar la suma de las tres notas de los diferentes ejercicios de todos los ámbitos, en la que consten las personas que han superado la fase de oposición de este proceso selectivo, ya que ya ha comenzado la fase de concurso (ver las bases del proceso selectivo de Gestión, turno libre, base 7.4)
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Procesos selectivos de Médicos Forenses y Letrados de la Administración de Justicia, turno libre: novedades en la página web del Ministerio de Justicia




Se ha publicado en la página web del Ministerio de Justicia:

CUERPO NACIONAL DE MÉDICOS FORENSES, ACCESO LIBRE, Orden JUS/626/2019, de 28 de mayo (BOE 10 de junio)

Acuerdo de 27 de octubre, del Tribunal Calificador, por el que se convoca para la lectura del tercer ejercicio los días 3, 4 y 5 de noviembre
28 de octubre de 2020

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LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, Orden JUS/402/2019, de 19 de marzo. (BOE de 8 de abril de 2019)

Relación de calificaciones diarias de los opositores convocados al examen oral de turno libre. Octubre
28 de octubre de 2020

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