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Reclamamos que la Fase II de los Planes de Actuación sea negociada con las organizaciones sindicales


15 ene 2021



Fase II de los Planes de Actuación COVID-19 para medidas de autorrefuerzo y refuerzos externos

EL MINISTERIO DE JUSTICIA NOS DA TRASLADO DEL BORRADOR DE RESOLUCIÓN PARA ESTA SEGUNDA FASE Y NOS DA UN PLAZO DE UNAS POCAS HORAS PARA ALEGACIONES

CCOO y el resto de sindicatos hemos solicitado de forma conjunta la convocatoria inmediata de la mesa de negociación


A las 14.29 horas del día de hoy hemos recibido por correo electrónico un documento sobre la segunda fase del plan de actuación de la Disposición Adicional decimonovena del RDL 11/2020 de 31 de marzo con la petición de que se realizaran observaciones y, en su caso, negociación hasta última hora de la tarde

Lo regulado en este borrador afecta a las condiciones de trabajo del personal, por lo que debe ser objeto de negociación colectiva

Solicitamos por ello de forma conjunta con CSIF, STAJ y UGT la convocatoria de la Mesa de Negociación del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia en los términos recogidos en el Estatuto Básico del Empleado Público y otras disposiciones legales de aplicación. No existe ninguna disposición legal que regule el derecho a la negociación colectiva que permita una negociación consistente en la remisión de un borrador para alegaciones en un plazo de pocas horas, como se hace en este caso

Para dicha negociación el Ministerio tiene que remitirnos la información que CCOO le ha solicitado en reiteradas ocasiones: 

- Datos de carga de trabajo de todos los órganos judiciales de las jurisdicciones social y contencioso-administrativa y de la especialidad mercantil para determinar en qué órganos deben establecerse estos planes de actuación

- Órganos judiciales en los que se implementaron planes de actuación en la Fase I, separando los planes de autorrefuerzo y los de refuerzo externo y evolución de las cargas de trabajo de los mismos desde que dicha fase entró en vigor

- Retribuciones abonadas al personal de los cuerpos generales y de LAJ que han participado en la Fase I, con expresión del cuerpo y órgano afectado

En caso de que la negociación colectiva de este asunto no se atenga a lo establecido legalmente nos reservamos el derecho al ejercicio de las acciones correspondientes que estimemos oportunas. 

EL BORRADOR QUE NOS HA REMITIDO EL MINISTERIO PUEDE VERSE EN ESTE ENLACE
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CCOO reclama la inmediata convocatoria de la Mesa de Negociación para la negociación del incremento del Complemento Específico del ámbito no transferido


11 ene 2021



 

COMPLEMENTO ESPECÍFICO DEL ÁMBITO NO TRANSFERIDO

El Ministro de Justicia debe dar exacto cumplimiento a la Ley de Presupuestos Generales del Estado convocando con carácter inmediato la mesa de negociación para el incremento del complemento específico del personal funcionario del  ámbito no transferido.

Hasta ahora, el Ministerio de Justicia, con todos sus titulares a la cabeza, se ha negado reiteradamente a revisar la cuantía del complemento específico, que lleva inamovible desde el año 2008, fecha en que se consiguió su incremento a costa de una durísima huelga alargada por la cabezonería del que fuera por aquel entonces Ministro, el Sr. Fernández Bermejo.

Desde aquella fecha, todo el personal funcionario transferido ha visto incrementado dicho complemento de forma sustancial a excepción del personal dependiente del Ministerio, que en estos trece años ha pasado a ser el peor pagado de toda de Administración de Justicia, obligado a soportar unas diferencias salariales vergonzosas que constituyen un insulto a nuestra dignidad y que no se pueden ni deben tolerar por más tiempo; pues bien, con la actual Ley de Presupuestos Generales del Estado ya no existe excusa para resolver esta cuestión.

Efectivamente, el 31 de diciembre el BOE publicó la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2021, Ley que, a instancia e iniciativa de CCOO, contiene dos Disposiciones Adicionales de capital importancia para las condiciones laborales de los funcionarios de la Administración de Justicia: de una lado, la 157ª que obliga al Ministerio de Justicia a negociar la adecuación del complemento específico del personal funcionario del  ámbito no transferido y del Cuerpo de Letrados, y de otro, la 158ª que obliga a revisar de oficio y a reconocer como cotizados los periodos que consten trabajados y no cotizados del personal de justicia. 

Por lo tanto, ya no existen excusas y el Ministerio de Justicia está obligado a convocar de manera urgente la mesa de negociación para acordar el incremento del complemento específico del personal funcionario no transferido, que para CCOO debe ser no menor de 300€ mensuales y lineales para todos los cuerpos con efectos retroactivos de 1 de enero de 2021.

Por todo ello, CCOO se ha dirigido al Secretario de Estado exigiendo el cumplimiento de la Ley y requiriéndo, formalmente, para la convocatoria urgente de una reunión con las organizaciones sindicales al objeto de abordar esta negociación con la mayor celeridad. 

Escrito Ministerio Justicia negociación complemento específico ámbito no transferido

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Aprobados los Presupuestos Generales del Estado con las enmiendas de CCOO para la negociación de la subida del complemento específico del ámbito no transferido y para la regulación definitiva de los errores de cotización a la Seguridad Social


23 dic 2020



La aprobación definitiva en Senado de los Presupuestos Generales del Estado para 2021 (sin ninguna enmienda respecto a lo aprobado en el Congreso) confirma que
CCOO consigue importantísimos avances para el personal de la Administración de Justicia

EL MINISTERIO DE JUSTICIA QUEDA OBLIGADO A NEGOCIAR EL INCREMENTO DEL COMPLEMENTO ESPECÍFICO EN EL ÁMBITO NO TRANSFERIDO, Y EL GOBIERNO EN CONJUNTO A APROBAR LAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS NECESARIAS PARA ELLO

TODOS LOS PERIODOS TRABAJADOS EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, AUNQUE NO CONSTE SU COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL, SERÁN TENIDOS EN CUENTA PARA EL CÁLCULO DE LAS PENSIONES

Inmediatamente a la publicación en el BOE de la Ley de PGE de 2021, ya definitivamente aprobada, CCOO solicitará por escrito al Ministerio de Justicia el inicio de las negociaciones para la subida del complemento específico de todo el personal no transferido

Esta ley de presupuestos recoge literalmente el texto propuesto en exclusiva por CCOO a los grupos parlamentarios y al Ministerio de Justicia

Disposición adicional centésima quincuagésima séptima. Adecuación del complemento específico del personal al servicio de la Administración de Justicia

Se procederá a la negociación en el ámbito de la Mesa de Retribuciones y Empleo de la Administración de Justicia de un incremento en los complementos específicos del personal de los Cuerpos de Auxilio Judicial, de Tramitación Procesal y Administrativa, de Gestión Procesal y Administrativa, de Médicos Forenses y de los cuerpos especiales del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, para adecuar los mismos al volumen y responsabilidad en el trabajo y aproximarlas a las que se perciben en puestos equivalentes en otros ámbitos

Igualmente se procederá a la adecuación salarial del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia en relación con las nuevas funciones asumidas por este Cuerpo en las últimas reformas procesales y organizativas

Para ello, el Gobierno adoptará los acuerdos que correspondan en orden a la dotación presupuestaria adecuada a la presente disposición


CCOO ha conseguido que sean reconocidos a efectos de jubilación, sin necesidad de más demandas judiciales, los periodos trabajados y no cotizados

Esta medida afecta tanto a los periodos anteriores a 1990 en los que el personal interino no cotizaba a ningún sistema de Seguridad Social como a numerosísimas lagunas de cotización posteriores a dicha fecha en las consta la cotización del personal a la Seguridad Social pero no la “cuota patronal” que debería haber abonado el Ministerio de Justicia

En diciembre de 2015, CCOO y otros sindicatos firmamos con el Ministerio de Justicia un acuerdo que, de no haber sido incumplido por este Ministerio, habría dado solución a este problema, pero únicamente CCOO ha sabido encontrar otra vía y no habrá, a partir de ahora, ninguna merma en la cuantía de las pensiones por estos errores en las cotizaciones a la Seguridad Social

La Ley de PGE de 2021 aprobada hoy recoge textualmente lo que CCOO ha propuesto a los grupos parlamentarios:

Disposición Adicional centésima quincuagésima octava. Reconocimiento de las cotizaciones a la Seguridad Social al personal de la Administración de Justicia

El Gobierno procederá a revisar, de oficio o a petición de las personas interesadas, y reconocer como cotizados los periodos que consten trabajados y no cotizados del personal de justicia que presente diferencias entre los períodos efectivamente trabajados que figuren en el certificado de servicios prestados y los que figuran en su certificación de cotizaciones

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CCOO denuncia que no se han cumplido los objetivos de los Acuerdos para la Mejora del Empleo Público y las Condiciones de Trabajo suscritos en 2017 y 2018





  • Según el sindicato no se han alcanzado los compromisos ni en consolidación de empleo ni en recuperación del poder adquisitivo ni en la mejora de las condiciones de trabajo, por lo que exige soluciones y la negociación inmediata de un nuevo Acuerdo.

En la Comisión de Seguimiento de los Acuerdos para la Mejora del Empleo Público y las Condiciones de Trabajo, CCOO ha manifestado que los compromisos no se han cumplido en toda su extensión en materia retributiva y en materia de la mejora de las condiciones laborales y están muy lejos de alcanzarse en materia de estabilización del empleo y bajada de la temporalidad en las plantillas de los sectores públicos.

En materia retributiva hay 3 comunidades autónomas que no han aplicado aún la subida del 2% y hay dificultades generalizadas con el cumplimiento en materia de fondos adicionales. En lo relativo a condiciones laborales, no se han desarrollado los planes de igualdad y no se han generalizado las mejoras en jornada laboral, entre otras cuestiones.

En la estabilización del empleo y la reducción de la temporalidad los datos que ha dado el Ministerio de Política Territorial y Función Pública sobre plazas de estabilización arrojan que, de las plazas susceptibles de convocatoria, solo el 63,8% se han convocado y únicamente el 17,9% han completado su ejecución, sin aportar datos de entidades locales, sector público empresarial o plazas que están fuera de las relaciones de puestos de trabajo o plantillas.

CCOO ha añadido que si sumamos las plazas de reposición y vemos el total, el porcentaje de plazas convocadas es del 34,94% y las terminadas de ejecutar representan el 15,57%. A esto hay que añadir las plazas necesarias que nunca se llegaron a aprobar.

El sindicato ha vuelto a recordar que el porcentaje de temporalidad en los sectores públicos estaba, antes de la pandemia, por encima del 24%, cifra que se ha visto incrementada en gran medida por la situación provocada por el Covid-19.

Los datos de cumplimiento son en extremo decepcionantes y la dejación de las Administraciones Públicas, enorme. Para CCOO es absolutamente imprescindible establecer medidas que obliguen a que los acuerdos se cumplan y se apliquen sanciones para los gestores que no lo hagan. También deben establecerse modificaciones legislativas para reducir la gran latencia entre las diferentes fases de los procedimientos.

Es necesario cumplir los acuerdos en su integridad y negociar soluciones para dar respuesta la alta tasa de temporalidad actual, que tengan en cuenta la situación del personal temporal de larga duración, y poner las medidas para que no se vuelva a producir esta situación. En cualquier caso, ninguna medida puede penalizar o castigar a los trabajadores y las trabajadoras que no son responsables de la mala gestión de las administraciones. Por supuesto, como primer paso, se muestra claramente imprescindible eliminar cualquier limitación en la tasa de reposición de efectivos.

CCOO exige la negociación de un nuevo Acuerdo que incluya todos los temas que el sindicato ha planteado en materia de empleo, incremento de plantillas, jornada, carrera y clasificación profesional, así como seguir en la senda de la recuperación del poder adquisitivo y del resto de condiciones de trabajo.

Igualmente, las modificaciones del Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley de Función Pública de la Administración General del Estado deben ser un objetivo prioritario en la negociación.

En ese sentido, igualmente el sindicato quiere estar en el gobierno de la necesaria transformación de las administraciones públicas, y esto incluye su proceso de digitalización y modernización.

El Secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública ha manifestado que están trabajando en las cuestiones planteadas y se ha comprometido al diálogo y a la negociación de un nuevo Acuerdo con las organizaciones sindicales.

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El Ministerio de Justicia acepta algunas propuestas de CCOO sobre el teletrabajo que son todavía insuficientes


10 dic 2020



Segunda reunión de la Mesa Sectorial para la negociación del teletrabajo

EL MINISTERIO DE JUSTICIA ANUNCIA VERBALMENTE QUE ACEPTA ALGUNAS DE LAS PROPUESTAS DE CCOO Y OTROS SINDICATOS  Y QUE LA SEMANA PRÓXIMA NOS REMITIRÁ UN NUEVO TEXTO DE LA RESOLUCIÓN CON LA INCORPORACIÓN DE ESAS PROPUESTAS ACEPTADAS

 

Las negociaciones continuarán en el mes de Enero próximo y CCOO hemos insistido en que no haya arbitrariedades, discrecionalidad ni unilateralidad en las autorizaciones de teletrabajo, que se incremente la participación sindical en toma de decisiones, que la administración facilite los medios y su mantenimiento, que extreme la vigilancia de la salud laboral, que todas las administraciones con competencias estén obligadas a implantar el teletrabajo, que se extienda al personal laboral, que se garantice la formación profesional dentro de la jornada laboral y que se eleve el porcentaje de la plantilla que podrá teletrabajar en cada centro

 

En la mañana del día de hoy se ha producido una nueva reunión de la Mesa Sectorial para continuar la negociación del teletrabajo. A pesar de que habíamos enviado nuestras propuestas de modificación del borrador inicial con mucha antelación (ver hoja informativa de CCOO del pasado 1 de diciembre), el Ministerio no ha aportado ningún nuevo documento escrito incorporando las propuestas sindicales a las que ha hecho una referencia somera que se ha comprometido a plasmar por escrito


Aunque comprobaremos lo que se ha aceptado cuando se nos facilite el nuevo documento, de las explicaciones verbales recibidas no deducimos suficientes avances que nos permitan todavía llegar a ningún acuerdo, siendo las principales novedades anunciadas en relación con las propuestas de CCOO las siguientes:

  • Se elimina la referencia a la posibilidad de efectuar trabajos de otro centro distinto a aquél en el que se está destinado
  • Se podrá mejorar esta resolución a través de la negociación colectiva en los distintos ámbitos competenciales territoriales
  • Se evaluará el impacto de género periódicamente
  • Podrán sucederse varias prórrogas anuales sucesivas en las autorizaciones
  • Se garantiza la negociación con los sindicatos de los derechos colectivos
  • Se elimina la obligatoriedad de informe del “Fiscal Jefe Provincial, Secretario Coordinador Provincial o Director del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses o del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses” que inicialmente se pretendía exigir además del de la persona responsable funcional del centro de trabajo
  • Se acepta la realización de alegaciones por quien solicite el teletrabajo y no obtenga informe favorable de su responsable funcional antes de la resolución definitiva
  • Se acepta la inclusión de los requisitos de salud laboral que debe cumplir el puesto de trabajo
  • Habrá una referencia genérica al obligado cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales
  • Se establecerá una comisión de seguimiento Ministerio-Sindicatos dependiente de la Mesa Sectorial

CCOO hemos reclamado también la corrección del lenguaje de la resolución para el mismo sea inclusivo y no discriminatorio hacia las mujeres trabajadoras, propuesta que ha sido aceptada

La Directora General para el Servicio Público de Justicia, que tiene la última palabra en la toma de decisiones sobre este tema ha manifestado su imposibilidad justificada de asistir a esta reunión, por lo que no ha sido posible conseguir nuevos avances en las propuestas de CCOO verbalmente rechazadas

Quedamos, por tanto, a la espera del nuevo borrador de resolución y seguiremos trabajando para avanzar en nuestras propuestas en las que seguiremos defendiendo:
  • Que la autoridad competente para la concesión o denegación del teletrabajo sea siempre la administración; las personas responsables funcionales de las oficinas se limitarán a la emisión de informes, que no serán vinculantes y traslado de las solicitudes
  • Que todo lo relacionado con las autorizaciones de teletrabajo, extinción de las mismas, ampliación de los tres días semanales para trabajar, modificaciones de jornada, etc., sea negociado con las organizaciones sindicales
  • Que se remitan al Comité de Seguridad y Salud y personas delegadas de prevención los cuestionarios de evaluación de riesgos laborales y se cumpla la totalidad de la Ley en materia de prevención
  • Que la administración acepte la obligatoriedad de dotar al personal de un ordenador personal, un terminal y un número de telefonía móvil, un teclado y ratón independientes, un reposamuñecas, un portadocumentos y el material de oficina necesario. Asimismo se proveerá de una silla ergonómica y de un reposapiés a quien así lo solicite
  • Que se garantice un servicio técnico de apoyo con número de teléfono gratuito
  • Que se abone una gratificación de 20 euros mensuales para sufragar el aumento de los gastos de electricidad, internet, adaptación del mobiliario, etc
  • Que se garantice la formación obligatoria y siempre dentro de la jornada laboral para el óptimo uso de los medios telemáticos y para otros aspectos muy importantes como la prevención de riesgos o la protección de datos de carácter personal
  • Que se establezca un plazo determinado para que todas las administraciones cumplan con su obligación legal de dotar a todos los órganos, oficinas judiciales y fiscalías de los medios e instrumentos electrónicos y de los sistemas de información necesarios y suficientes para poder desarrollar su función eficientemente, y a que estos sistemas sean plenamente accesibles a través del teletrabajo
  • Que no se discrimine al personal teletrabajador respecto al personal presencial y viceversa, respetándose en ambos casos la totalidad de derechos y las mismas obligaciones
  • Que la regulación del teletrabajo del personal funcionario se extienda de forma negociada al personal laboral colaborador de la Administración de Justicia
  • Que el porcentaje de personas que puedan teletrabajar en un mismo centro se amplíe del 30 al 40% en todas las oficinas y servicios
  • Que se garantice el derecho a la desconexión digital

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Teletrabajo:CCOO solicita al Ministerio de Justicia que se regule atendiendo las propuestas de las organizaciones sindicales y no de forma unilateral


1 dic 2020



  • Comienzan en el Ministerio de Justicia las negociaciones del teletrabajo que afectan al personal funcionario de todos los ámbitos territoriales.

EL MINISTERIO HA PRESENTADO SU BORRADOR DE RESOLUCIÓN Y SE HA COMPROMETIDO A ESTUDIAR LAS PROPUESTAS FORMULADAS POR CCOO Y EL RESTO DE SINDICATOS

Para la próxima reunión, que se celebrará el día 10 de diciembre, el Ministerio se ha comprometido a dar contestación a nuestras propuestas que están basadas en la no discrecionalidad para autorizar el teletrabajo, la participación sindical en la toma de decisiones, la dotación de medios por parte de la Administración, la garantía en la prevención de riesgos laborales, la obligación de las administraciones competentes en disponer de los sistemas tecnológicos necesarios, la no discriminación del personal teletrabajador respecto al presencial y viceversa y la necesidad de formación inicial y continua


En la reunión celebrada hoy el Ministerio de Justicia ha presentado su borrador de resolución por la que se regula la prestación de servicios en modalidad de teletrabajo en la Administración de Justicia (puede verse en este enlace

CCOO hemos presentado nuestras propuestas de modificación y hemos exigido una nueva reunión en la que se nos comunique cuáles de estas propuestas son aceptadas y continuar la negociación del resto y a ello se ha comprometido el Ministerio. 

Las principales propuestas de CCOO que no están recogidas en el borrador han sido las siguientes:

1.- Transparencia, objetividad, no discrecionalidad y audiencia al personal solicitante de teletrabajo en las concesiones y denegaciones de las solicitudes:

La autoridad competente será siempre la administración. Las personas responsables funcionales de las oficinas se limitarán a la emisión de informes y traslado de las solicitudes. 

En las propuestas desfavorables de autorización y sus prórrogas habrá un trámite de audiencia previa a las personas solicitantes. 

También será oída para alegaciones la persona solicitante de ampliación a más de tres días semanales de la jornada de teletrabajo o de modificación del horario.

Información a la persona interesada del régimen de recursos de las denegaciones. 

Audiencia previa a la persona interesada en las suspensiones temporales de la autorización por circunstancias sobrevenidas que afecten a la persona autorizada o por necesidades del servicio y en la extinción de la autorización por otros motivos. 

2.- Participación sindical:

Comunicación a la representación sindical de las autorizaciones de teletrabajo y extinción de las mismas que se produzcan. 

Negociación colectiva de las circunstancias excepcionales que puedan suponer la autorización del teletrabajo en puestos que no lo tengan autorizado con carácter general. 

Audiencia previa a las organizaciones sindicales de las autorizaciones de trabajo de más de tres días semanales o modificaciones horarias. 

Audiencia previa a las organizaciones en la extinción de la autorización por necesidades del servicio, retrasos, acumulaciones injustificadas, o el incumplimiento de otras obligaciones relacionadas con esta modalidad de trabajo, o por el incumplimiento grave constatable de los compromisos en materia de seguridad, protección de datos y confidencialidad. 

Remisión al Comité de Seguridad y Salud y personas delegadas de prevención de los cuestionarios de evaluación de riesgos laborales. 

Participación de las organizaciones sindicales en el grupo de seguimiento junto con la representación de las administraciones central y autonómicas con competencias. 

3.- Medios para el teletrabajo y su mantenimiento

La administración competente está obligada a dotar al personal de un ordenador personal, un terminal y un número de telefonía móvil, un teclado y ratón independientes, un reposamuñecas, un portadocumentos y el material de oficina necesario. Asimismo se proveerá de una silla ergonómica y de un reposapiés quien así lo solicite. 

Servicio técnico de apoyo con número de teléfono gratuito. 

Medidas correctoras en materia de prevención de riesgos laborales a cargo de la administración. 

Abono de 20 euros mensuales para sufragar el aumento de los gastos de electricidad, internet, adaptación del mobiliario, etc. 

4.- Prevención de riesgos laborales

Aplicación plena de los derechos de las personas trabajadoras y de las obligaciones de la Administración como empresa en la protección de la salud laboral. 

Información exhaustiva sobre los derechos del personal. 

Control de las condiciones de salud laboral del puesto de trabajo por los Servicios de Prevención y Comités de Seguridad y Salud. 

Responsabilidad de la Administración ante el incumplimiento de la normativa sobre prevención. 

Reconocimientos médicos periódicos para la vigilancia de la salud. 

Concreción en la resolución de las características que deben reunir los lugares y puestos de trabajo. 

5.- Obligación de todas las administraciones competentes para implementar los sistemas informáticos que permitan el teletrabajo.

Establecimiento de un plazo determinado de 30 días para el cumplimiento de la disposición adicional quinta de la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia que obliga a las administraciones a dotar a todos los órganos, oficinas judiciales y fiscalías de los medios e instrumentos electrónicos y de los sistemas de información necesarios y suficientes para poder desarrollar su función eficientemente , y a que estos sistemas sean plenamente accesibles y operativos sin necesidad de que los usuarios se encuentren físicamente en las sedes de sus respectivos órganos, oficinas o fiscalías. 

6.- No discriminación entre el personal teletrabajador y el personal presencial

La evaluación del desempeño y cumplimiento de objetivos, que debe ser previamente negociada, será la misma para ambas modalidades de trabajo. 

El personal que teletrabaja será computado a efectos de las plantillas mínimas previstas para la concesión de vacaciones y permisos. 

La modalidad de teletrabajo no supondrá alteración de las flexibilidad o reducción de horario por conciliación de la vida familiar u otro motivo que tuviese reconocido el/la funcionario/a. 

No aplicar preferencias para autorización del teletrabajo (salvo para las mujeres víctimas de violencia machista) cuando finalice el estado de alerta sanitaria. 

Turnos rotatorios de teletrabajo de carácter obligatorio y no discriminatorio cuando haya más personas solicitantes que puestos que se puedan autorizar. 

No se podrán asignar tareas de teletrabajo de centros de trabajo distintos al que se está destinado. 

7.- Formación

La Formación debe ser inicial y continua, centrada en el buen uso de las nuevas tecnologías y herramientas del teletrabajo. 

Se impartirá de forma obligatoria y durante la jornada laboral. 

8.- Otras propuestas de CCOO

El teletrabajo ayuda a la conciliación de la vida personal y laboral pero no es el instrumento más importante para lograr este objetivo. 

Se elaborará con periodicidad anual un informe de evaluación de impacto de género que garantice la igualdad de hombres y mujeres en el teletrabajo. 

La norma del Ministerio de Justicia debe entenderse como básica y puede ser mejorada mediante la negociación colectiva en los distintos ámbitos competenciales. 

La regulación del teletrabajo del personal funcionario debe extenderse de forma negociada al personal laboral colaborador de la administración de justicia. 

Podrá solicitarse horas de trabajo presenciales y a distancia dentro de la misma jornada laboral diaria. 

En todos los centros de trabajo y en todos los cuerpos funcionariales se elevará del 30 al 40% el máximo de plantilla que de forma ordinaria pueda ser autorizada para el teletrabajo, porcentaje que podrá aumentarse en determinadas circunstancias. 

Se sancionará disciplinariamente al personal responsable funcional que no curse las solicitudes de teletrabajo y a las personas autorizadas de forma preferente que no comuniquen la desaparición de la causa de preferencia. 

La persona responsable funcional que informe desfavorablemente las autorizaciones de teletrabajo no podrá acogerse a esta modalidad de teletrabajo.

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Àmbito no transferido: el Ministerio rechaza la ampliación del disfrute general de permisos y vacaciones hasta marzo de 2021




  • Mesa sectorial: El Ministerio de Justicia contesta por fin a las reclamaciones sobre la ampliación del plazo para el disfrute de los permisos y vacaciones 2020 hasta fin de marzo de 2021.
  • Solo admitirá el disfrute hasta el 31 de marzo de 2021 en casos excepcionales y justificados.


RESPUESTA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA A LA RECLAMACIÓN DE CCOO PARA LA EXTENSIÓN DE TODOS LOS PERMISOS Y VACACIONES PENDIENTES DE 2020 HASTA MARZO 2021: SOLO SE AUTORIZARÁN VACACIONES 2020 PENDIENTES HASTA MARZO 2021 EN LOS CASOS DEBIDAMENTE JUSTIFICADOS, Y SOLO 3 DÍAS DE LOS PERMISOS PENDIENTES

CCOO RESPONDE AL MINISTERIO DE JUSTICIA: ESTA RESPUESTA DEMUESTRA LA MÁS ABSOLUTA FALTA DE INTERÉS Y COMPROMISO CON EL SERVICIO PÚBLICO DEL MINISTERIO Y LA CONDENA A CIENTOS DE PERSONAS QUE NO VAN A PODER DISFRUTAR DE LOS PERMISOS PENDIENTES 


La torpe, inadmisible y agresiva respuesta con los derechos del personal de la Administración de Justicia del ámbito de competencias del Ministerio de Justicia y con el servicio público, que ha expresado el Ministerio en la mesa sectorial, celebrada hoy, 1 de diciembre, tras meses sin contestar ni aceptar nuestra reclamación, ha sido: 

Sobre los días de vacaciones, pendientes de disfrutar de 2020, se podrán tomar hasta 31 de marzo de 2021, pero solo en casos excepcionales o que hayan sido denegadas por necesidades del servicio. El Ministerio de Justicia alega que con la regulación que hicieron en Justicia ya tenían que haberse cogido las vacaciones en julio, agosto y septiembre; se aplicará la redacción literal de Función Pública (escrito de Función Pública a los departamentos Ministeriales recogidos en esta nota de CCOO de 25 de noviembre pasado, enlace: Función Pública sí autoriza la extensión de vacaciones y permisos 2020 a marzo 2021) . Permisos por asuntos particulares: 3 de los días se pueden coger hasta 31 de marzo” 

CCOO ha contestado que esta respuesta, además de hacerse con meses de retraso pues esta reclamación se viene realizando desde el mes de junio ante lo que parecía evidente que iba a ocurrir con la evolución de la pandemia, es una declaración de negligencia expresa del Ministerio de Justicia contra el servicio público que nos debemos a la ciudadanía, y que hará que los Juzgados no puedan atenderse en las condiciones adecuadas durante los meses de diciembre y enero. 

Es, además, una demostración de ignorancia de lo que sucede en los órganos de la Administración de Justicia, pues si se justifica por el Ministerio de Justicia que serán solo las necesidades del servicio las que permitan esa ampliación hasta marzo de 2021 del disfrute de los días de permiso y vacaciones pendientes, se desconoce que la situación es generalizada en todos los órganos, porque la pandemia ha obligado a miles de personas a no poder salir de sus ciudades durante meses, ya que desde septiembre muchas CCAA han estado cerradas para salir y entrar. 

Desconocemos si las personas que toman las decisiones en el Ministerio de Justicia viven en otro mundo, o es que ellos y ellas sí han tenido un permiso especial para entrar en CCAA cerradas perimetralmente. Lo que constituiría un presunto abuso de poder o un privilegio inadmisible.

El Ministerio de Justicia no ha cambiado de postura en la reunión, a pesar de nuestras alegaciones, manifestando que no encuentra motivos para cambiar su posición. Y que trasladará a las Gerencias esta posición como definitiva.


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El Ministerio de Justicia convoca reunión sobre el teletrabajo y sobre lo que denomina criterios de ampliación del período de disfrute de permisos y vacaciones de 2020


28 nov 2020



El Ministerio de Justicia convoca reunión sobre el teletrabajo y sobre lo que denomina criterios de ampliación del período de disfrute de permisos y vacaciones de 2020


Este es el orden del día de la convocatoria para el martes, 1 de diciembre, remitido por el Ministerio de Justicia:

Os convocamos a la reunión de la Mesa Sectorial de la Administración de Justicia para el próximo martes 1 de diciembre a las 11,00 por videoconferencia (los datos de enlace se enviarán el lunes)

Orden del día:

1. Borrador de resolución por la que se regula la prestación de servicios en modalidad de teletrabajo en la Administración de Justicia

2. Ámbito no transferido: Criterios de ampliación del periodo de disfrute de las vacaciones y permisos por asuntos particulares para 2020

3. Ámbito no transferido: Modificación de las RPTs de las Oficinas Judiciales de Cuenca y Murcia, como consecuencia de la entrada en funcionamiento el 31 de diciembre de 2020 del Juzgado de lo Social nº 2 de Cuenca y del Juzgado de lo Mercantil nº3 de Murcia

4. Ruegos y preguntas

Un cordial saludo

Subd. Gral. de Acceso y Promoción del Personal de la Administración de Justicia

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27 noviembre 2020: NOTA INFORMATIVA Reunión del Grupo de trabajo de traslados IV CUAGE


27 nov 2020



NOTA INFORMATIVA
GRUPO DE TRABAJO DE TRASLADOS IV CUAGE

Se avanza en la negociación del concurso abierto y permanente, pero SOLAMENTE CCOO EXIGIMOS un acuerdo que garantice la movilidad del personal del Anexo II que se apruebe en el mismo momento que las bases del concurso

En la reunión del Grupo de trabajo de Traslados de hoy se han continuado perfilando los criterios generales y bases que regirán el concurso de traslados abierto y permanente del IV Convenio

Se sigue trabajando en el último borrador que presentó la Administración, al que CCOO hicimos alegaciones y aportamos propuestas alternativas de redacción con el ánimo de que se recoja en el texto lo que, dentro de lo que establece el IV CUAGE, pueda favorecer la movilidad de los trabajadores y trabajadoras en las mejores condiciones y con garantías de información y transparencia sobre todo el proceso para todos y todas

CCOO tenemos claro que el concurso abierto y permanente tiene que poder participar todo el personal laboral del ámbito del Convenio y que podrá hacerlo solicitando plazas de carácter genérico o puestos concretos que se oferten periódicamente por parte de ministerios u organismos

CCOO somos la única organización sindical presente en la negociación que EXIGIMOS (y no dejamos a buenas intenciones futuras) que en el mismo documento que se apruebe sobre el concurso abierto y permanente quede reflejada la forma en que se garantizará la movilidad para el personal del Anexo II (actividades identificadas como propias de personal funcionario) y cómo se llevará a cabo su forma de participación en concurso restringido, dado el caso. Recordamos igualmente la situación de agravio comparativo a la hora de concursar para el personal del Anexo V, “encuadrado a la baja”, si finalmente no se consigue que este anexo quede vacío, como es nuestro objetivo

CCOO seguimos defendiendo que la proporción en la puntuación es la de 60 % para la antigüedad y 40% para méritos profesionales, pero la Administración se “enroca” en el 50-50. También insistimos en la necesidad de elevar a 30 el número de años de antigüedad para alcanzar la puntuación máxima en este apartado, lo que ayudaría a que, dada la elevada media de edad y antigüedad del personal laboral, no hubiera tantos empates

CCOO hacemos ver que se puede concursar, siempre que se cumplan los requisitos, a puesto de especialidad distinta a la del puesto de origen. De lo contrario, no tendría sentido otorgar un 20% adicional a la persona solicitante de un puesto idéntico al suyo porque, como pretende la Administración, solo podría optar a un puesto idéntico al suyo. La Administración recoge nuestra observación y se compromete a estudiar la forma de recoger esta opción

Para casos de traslados obligatorios en los que el trabajador o trabajadora haya tenido que ocupar puesto de grupo inferior al de origen, se acepta la exigencia de CCOO de que en concurso puedan optar a plazas de ambos grupos

Recordamos que todo el proceso, tanto de presentación de solicitudes como de seguimiento del mismo será telemática y que los méritos serían acreditados por las Unidades competentes en materia de personal de los ministerios u organismos de destino. La Administración informa de que sigue trabajando en la adaptación a esta nueva forma de concurso de la aplicación informática

¿Y PARA CUÁNDO EL CONCURSO? Imposible saberlo aún, ya que se tienen que elaborar y aprobar las nuevas RPTs y “clasificar” -ya que no se han querido encuadrar- las vacantes que ofertar según el nuevo sistema de clasificación profesional
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Nota informativa reuniones Comisión Paritaria y Negociadora IV CUAGE


26 nov 2020



NOTA INFORMATIVA
REUNIÓN DE COMISIÓN PARITARIA Y NEGOCIADORA
IV CONVENIO ÚNICO

Se aprueba nueva tanda de encuadramientos sin la firma de CCOO, pero Función Pública no garantiza que se abonen los atrasos antes de la finalización de 2020

Ayer, día 25 de noviembre, se celebró reunión de la Comisión Paritariaen la que se aprobó el ENCUADRAMIENTO de personal de museos (75 puestos) y 8 puestos del INAEM, en un capítulo más de este encuadramiento por fases en la nueva clasificación

CCOO tampoco lo firmamos, orque no se encuadra a todo el personal (se deja fuera a personal temporal); las soluciones que se dan a algunos colectivos son muy perjudiciales para el personal afectado: se incluyen nuevos puestos en el Anexo V al cambiar las funciones de información y atención a grupos a varios trabajadores/as para ponerles la etiqueta de vigilante de sala y bajarlos al grupo E1. Además, no se encuadra en el grupo M1 a los 15 guías del museo de Altamira 

Destacar que, pese a todo, CCOO hemos evitado que se encuadre a porteros/as mayores, coordinadores/as o jefes/as de sala como “personal a extinguir”, como pretendía la Administración

No olvidemos que está pendiente la revisión del AnexoV, donde se incluyen como vigilantes de sala, telefonistas, celadores de prisiones..., que deben tener una solución inmediata antes de las próximas convocatorias de plazas que se efectúen en cualquiera de sus modalidades

Es evidente que, si algo se mueve, es gracias a las movilizaciones que CCOO estamos llevando a cabo desde junio, incluidas las concentraciones y paros en Museos y Teatros Nacionales. Si queremos seguir obteniendo resultados, está claro que hay que mantener las movilizaciones y aumentar la presión para exigir que se cumpla el IV CU y que no se deje a nadie atrás

Se ha firmado Acuerdo sobre procesos de estabilización de personal laboral del ámbito del Convenio Único, esta vez sí aprobado por unanimidad. CCOO hemos peleado hasta el último momento por introducir mejoras al borrador presentado, como la disminución del número de temas de la fase de oposición, el porcentaje de 30% de temas comunes y 70% de temas específicos, la valoración de publicaciones en el concurso, etc

Sin embargo, tanto en la Comisión de seguimiento del Acuerdo de estabilización como en el Grupo de Estabilización de esta C. Paritaria hemos conseguido que se recojan varias propuestas importantes hechas por CCOO (baremación de los servicios prestados en la AGE como personal fuera de convenio, valoración de ejercicios superados en procesos anteriores, rebaja del número de temas respecto a lo que pretendía de inicio la Administración). Esto nos ha llevado a suscribir el acuerdo, teniendo claro que la Administración, de lo contrario, habría impuesto sus criterios

Sobre la inclusión en el IV CUAGE de personal técnico de Protección Civil fuera de convenio que CCOO llevamos dos años demandando (y muchos más si contamos los años de trabajo en el Ministerio del Interior), la Administración informa de que pronto estará listo el informe formal, una vez solventados algunos “flecos” relativos a encuadramiento de algunos puestos y trabajadores/as en excedencia, se finalice el estudio por parte de CECIR, y que se hará lo posible para que entre en la próxima reunión de la Comisión Paritaria. CCOO exigimos que sea en diciembre

Información sobre OEP de 2018, 2019 y 2020: Se recuerdan los datos de puestos del ámbito del CU recogidos en estas Ofertas, y la Administración explica que las convocatorias deberán hacerse con la nueva clasificación profesional, por lo que están realizando el estudio correspondiente y adaptando las peticiones de plazas realizadas por los diferentes departamentos ministeriales

El IV CUAGE prevé que las plazas vacantes deberán ofertarse en concurso de traslados o en promoción interna antes de salir a turno libre (art. 27.2) por lo que será necesario analizar cómo habrá que proceder para cumplir con esta disposición en estas OEP pendientes de ejecución y fijar los criterios en esta Comisión. La Administración manifiesta además que probablemente será necesario ejecutar las OEP de 2018 y 2019 de forma conjunta

En cumplimiento de del IV CUAGE, la Administración proporciona información sobre plazas fuera de convenio recogidas en las OEP, y que afirma que son puestos que requieren alta cualificación y difíciles de cubrir de otro modo. Para CCOO esta no es excusa para que los puestos en cuestión sean fuera de convenio: la mayoría tienen perfecta cabida en el IV CUAGE y coinciden con especialidades que existen en el mismo (farmacéuticos/as, médicos, entre otros), lo cual hace pensar que son las retribuciones lo que hacen que se quieran contratar al margen del CU, o bien que la Administración quiere seguir recurriendo a este tipo de contrataciones a discreción

CCOO solicitamos en reiteradas ocasiones datos sobre la masa salarial correspondiente al incremento retributivo de 2020 para aplicar a complementos, ya que la C. Paritaria debe acordar su forma de distribución antes de que finalice el año. La Administración afirma no tener aún los datos, así que será necesario tenerlos y acordar su distribución, sin falta, en diciembre

Por último, CCOO instamos a que las Subcomisiones Delegadas que no se están reuniendo de forma periódica, como está ocurriendo con la de Administración de Justicia, o en las que no se hacen las convocatorias en tiempo y forma, cumplan con la obligación de hacerlo. Al hacerlo en presencia de los gestores y gestoras correspondientes, esperamos que se haya tomado buena nota

COMISIÓN NEGOCIADORA:

Se reunió a continuación la C. Negociadora al tener que tratarse expedientes de contenido económico en cumplimiento de la sentencia parcialmente estimatoria tras denuncia del IV CUAGE por parte del sindicato ELA

  • Expediente del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda digital: propuesta de conversión de parte de la masa salarial de horas extraordinarias en complemento de productividad. Se propone hacer efectiva esta productividad en 2021, por lo que el informe de Costes es desfavorable al no haberse aprobado aún los presupuestos correspondientes. No se aprueba
  • Expediente del Ministerio de Trabajo y Economía Social: propuesta de reducción de parte de la masa salarial de horas extras para incrementar la cuantía de la productividad. Este expediente cuenta con informes favorables de la Administración y se aprueba por unanimidad
  • Expediente del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones: propuesta en el mismo sentido que la anterior y que se aprueba por unanimidad

CCOO recordamos que este tipo de propuestas deben prosperar en todos los departamentos, para reducir las horas extraordinarias como forma de fomentar el empleo público, en cumplimiento del art. 72.4 del IV CUAGE, al tiempo que su conversión en productividad permite una distribución más justa y equitativa entre todo el personal

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CCOO exige al Ministerio de Justicia la negociación inmediata de los aspectos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que afectan a las condiciones de trabajo


25 nov 2020



Aprobado ayer en el Consejo de Ministros el Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal 

CCOO EXIGIMOS EL INICIO INMEDIATO DE LAS NEGOCIACIONES PARA GARANTIZAR LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL PERSONAL DE LOS JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN Y FISCALÍAS

El anteproyecto de ley contempla el traspaso de la investigación de los delitos desde los juzgados de instrucción a las fiscalías y el Ministerio de Justicia tiene que comprometerse con CCOO, y el resto de sindicatos representativos, a garantizar las retribuciones actuales por guardias de quién actualmente las percibe ni suponga el traslado forzoso de ningún/a trabajador/a

El Gobierno ha dado luz verde a la tramitación del Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal que, como aspecto que más puede afectar a nuestras condiciones de trabajo, asigna al Ministerio Fiscal la investigación de los delitos que ahora tienen encomendada los juzgados de instrucción. Aun no se conoce el texto completo del anteproyecto pero las líneas fundamentales de su contenido pueden deducirse de la referencia del Consejo de Ministros (y de Ministras) celebrado ayer

Sin perjuicio de otras novedades que puedan contenerse en el texto de esta Ley, este nuevo modelo de proceso penal va a influir de forma muy significativa en el trabajo que desarrollamos en los Juzgados de Instrucción y en la Fiscalías y, por tanto, va a afectar a nuestras condiciones de trabajo. Fundamentalmente nos preocupa:

- Quién hará y, por tanto, cobrará las guardias. Sería intolerable para CCOO cualquier decisión unilateral que disminuya las retribuciones actuales 

- Cuáles serán las futuras plantillas de las fiscalías y de los juzgados de instrucción o mixtos. Para CCOO es igualmente inaceptable que se pudiera pretender la movilidad forzosa

POR ELLO, DESDE CCOO HEMOS SOLICITADO AL MINISTERIO DE JUSTICIA LA CONVOCATORIA URGENTE DE LA MESA DE NEGOCIACIÓN

√ EN CUMPLIMIENTO DEL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO QUE OBLIGA A NEGOCIAR LAS MODIFICACIONES ORGANIZATIVAS QUE AFECTEN A LAS CONDICIONES DE TRABAJO

√ PARA GARANTIZAR LAS RETRIBUCIONES DEL PERSONAL Y QUE NO HABRÁ PROCESOS DE MOVILIDAD FORZOSA NI PÉRDIDA DE PUESTOS DE TRABAJO

NEGOCIACIÓN ¡¡YA!! DE LA NUEVA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL

En otro orden de cosas, CCOO hacemos la siguiente valoración de esta medida:

1.- El traspaso de la investigación criminal al Ministerio Fiscal en el proceso penal no es una prioridad ante los gravísimos problemas que afectan a la Administración de Justicia. Para atender la sobrecarga de trabajo actual en multitud de órganos judiciales, fiscalías y servicios no jurisdiccionales lo urgente es

  • incrementar el número de oficinas y plantillas de todos los cuerpos funcionariales y categorías profesionales del personal laboral,
  • mejorar significativamente los sistemas informáticos de gestión y comunicación,
  • efectuar un verdadero plan de formación continua del personal, especialmente orientado a las nuevas tecnologías, y
  • profesionalización y especialización de los trabajadoras y las trabajadoras a través, junto a la formación profesional, de Ofertas de Empleo Público con todas las vacantes, de una verdadera carrera profesional y de la clarificación de las funciones de cada puesto de trabajo

2.- El Ministerio Fiscal no es una institución independiente en la actualidad: es el Gobierno quien nombra a su titular “a dedo”; éste, a su vez, nombra “a dedo” a los cargos de mayor responsabilidad de las fiscalías, y éstos, a su vez, también “a dedo” nombran a los puestos intermedios de dichas fiscalías. Y todo el personal de la carrera fiscal está obligado a actuar acatando las directrices de la Fiscalía General del Estado

El ministro Campo ha anunciado que la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal obligará a una modificación del Estatuto del Ministerio Fiscal y, para garantizar la independencia de los y las fiscales en la investigación de los delitos respecto a los gobiernos de turno, es imprescindible modificar el sistema de nombramiento del/la Fiscal General del Estado y que no sea la discrecionalidad, sino el mérito y la capacidad, los que determinen los nombramientos en las jefaturas y puestos intermedios de las fiscalías. De lo contrario, este nuevo modelo de proceso penal estará abocado al más rotundo fracaso.

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CCOO reitera al Ministerio de Justicia que apruebe ya que las vacaciones y permisos de 2020 pendientes puedan disfrutarse hasta, al menos, el 31 de marzo de 2021




El Ministerio de Política Territorial y Función Pública cambia de criterio ante la presión de CCOO en todos los ámbitos de la Administración y autoriza a los departamentos la ampliación del disfrute de vacaciones y permisos hasta marzo de 2021 

CCOO REITERA LA NECESIDAD DE QUE EL MINISTERIO DE JUSTICIA APRUEBE QUE LAS VACACIONES Y PERMISOS DE 2020 PENDIENTES PUEDAN DISFRUTARSE HASTA, AL MENOS, EL 31 DE MARZO DE 2021

CCOO se ha vuelto a dirigir al Ministerio de Justicia solicitando de nuevo la ampliación de las vacaciones y permisos de 2020 hasta al menos el 31 de marzo de 2021, pues con el cambio de posición de Función Pública ya no tiene excusas. Esta es el texto literal de la carta que hemos enviado:

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ACCESO Y PROMOCIÓN DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid a 25 de noviembre de 2020

Como sabe el Ministerio de Justicia en general, y esa Subdirección General en particular, CCOO viene demandando desde hace meses, y de forma reiterada cada poco tiempo, que se apruebe una norma que permita a todo el personal de la Administración de Justicia el disfrute de sus vacaciones y días de asuntos particulares correspondientes a 2020, hasta el día 31 de marzo de 2021

Esta petición tiene su fundamento, como hemos venido reclamando, en dos premisas:

- La necesidad de que durante los meses de diciembre y enero próximos el servicio público pueda estar atendido en las mejores condiciones, dado el altísimo número de personal que aún disponen de numerosos días pendientes de disfrutar, por la situación especial derivada de la pandemia, que ha obligado a numerosas personas, personal funcionario y laboral de la Administración de Justicia, a no poder disfrutar sus días de permiso en condiciones normales, pues han sido, y durante largos períodos, las CCAA que han tenido su ámbito territorial cerrado ante el crecimiento de los casos por Covid 19

- La situación absolutamente excepcional para todo el personal (tanto personal funcionario como laboral) producida en 2020, que ha impedido disfrutar de la forma ordinaria sus vacaciones y permisos a cientos de compañeros y compañeras, al no poder desplazarse por el estado de la pandemia, teniendo en muchos casos que permanecer en sus localidades, e incluso en sus barrios, por el cierre realizado por las CCAA

Esa Subdirección siempre nos ha contestado con la negativa a aceptar nuestra propuesta, alegando que Función Pública no lo permitía. Si bien esta respuesta no nos satisfacía, y así lo expresamos una y otra vez, pues entendemos que el Ministerio de Justicia debía adoptar la medida solicitada por CCOO, en defensa del interés ciudadano y de los derechos de las y los trabajadores.

Pues bien, ahora la Subdirección de Relaciones Laborales del Ministerio de Política Territorial y Función Pública ha emitido esta nota, dirigida a las organizaciones sindicales representativas de la Administración General del Estado en los términos siguientes:

“La Comisión Superior de Personal, en atención a las especiales circunstancias acaecidas durante este año

ACUERDA:

Que la fecha máxima para el disfrute de las vacaciones correspondientes a 2020 es, como regla general,  el  31 de enero de 2021,  de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 9.3 de la  Resolución de 28 de febrero de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos

Que no obstante lo anterior y de forma absolutamente excepcional,  las Subsecretarías de cada Ministerio, en el ámbito de sus competencias,  previa comunicación a la Secretaria de Estado de Política Territorial y Función Pública,  podrán autorizar el disfrute de las vacaciones correspondientes a 2020 hasta el 31 de marzo de 2021 en aquellas unidades que,  de no hacerlo y  dada su naturaleza y funciones suponga un riesgo cierto  o incluso colapso de la  prestación ordinaria de servicios públicos durante los meses de diciembre y enero de 2021

Que Igualmente, podrá autorizarse el disfrute de las vacaciones hasta el 31 de marzo de 2021 en aquellos casos específicos de peticiones de disfrute durante 2020 que hayan sido denegadas expresamente cuando el motivo de la denegación haya estado fundamentado en las necesidades del servicio para su correcta prestación.”

Un saludo

Subdirección General de Relaciones Laborales

Sin perjuicio de que para CCOO esta medida es absolutamente insuficiente, y así lo hemos trasladado a Función Pública, pues consideramos que es necesario autorizar este disfrute con carácter general, sin limitaciones subjetivas que quedan a elección de cada organismo, desde el Sector de la Administración de Justicia de CCOO demandamos de nuevo, dado que el argumento del Ministerio de Justicia para no aceptar nuestra reclamación ha sido siempre la negativa de Función Pública, negativa que ya no existe:

La extensión, al menos, hasta el 31 de marzo de 2021, del disfrute de las vacaciones y días de permiso por asuntos particulares correspondientes a 2020 a todo el personal funcionario y laboral de la Administración de Justicia


CCOO se dirigirá de inmediato también a todas las CCAA con competencias que no hayan aún autorizado la ampliación del disfrute de vacaciones y permisos de 2020, al menos hasta marzo de 2021 (alguna CCAA ya ha ampliado este disfrute más allá del mes de marzo de 2021), para que lo hagan y de forma inmediata

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