Mostrando entradas con la etiqueta Tramitación. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Tramitación. Mostrar todas las entradas

Resolución Provisional del concurso de traslados ordinario de Gestión, Tramitación y Auxilio 2020


15 dic 2020



Se ha publicado en la página web del Ministerio de Justicia:

RESOLUCIÓN PROVISIONAL CONCURSO GE, TR, AU 2020
15 de diciembre de 2020

Orden de 15-12-2020, por la que se resuelve provisionalmente el concurso de traslados ordinario entre funcionarios de los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio de la Administración de Justicia, anunciado por Orden JUS/808/2020, de 28 de julio (BOE 1-9-2020)

Se adjunta la Orden de resolución provisional, la relación alfabética de adjudicatarios, la relación de excluidos, las preferencias tenidas en cuenta según Base 2ª, 7 u 8, el Anexo IV de alegaciones y los Anexos III, los cuales se podrán visualizar con el NIF

Las alegaciones se podrán efectuar a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución provisional en el Boletín Oficial del Estado

Documentos Asociados







Leer más...

Nuevo retraso en la resolución provisional del concurso de traslados 2020 de Gestión, Tramitación y Auxilio


10 dic 2020



CONCURSO DE TRASLADOS 2020 DE LOS CUERPOS DE GESTIÓN, TRAMITACIÓN Y AUXILIO JUDICIAL: EL MINISTERIO DE JUSTICIA, CUYA FIABILIDAD ES CADA VEZ MÁS DUDOSA, SIGUE RETRASANDO LA PUBLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN PROVISIONAL. AHORA DICE QUE LA PUBLICACIÓN SE HARÁ EN EL BOE DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE


En la reunión de Mesa Sectorial que el Ministerio de Justicia está manteniendo en estos momentos con los sindicatos representativos, nos ha comunicado un nuevo retraso en la publicación de la resolución provisional del concurso de traslados 2020 de los cuerpos generales (Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial)

Según esta información se publicará en el BOE el martes, día 15 de diciembre de 2020

Desde CCOO, además de protestar por este nuevo retraso, trasladamos esta última información con todas las cautelas, sin asegurar la certeza de la misma, ya que el Ministerio de Justicia, lamentablemente, sigue demostrando que sus previsiones carecen de credibilidad
Leer más...

Nota del Tribunal de Tramitación turno libre sobre la presentación de los títulos del apartado A de la fase de concurso


30 nov 2020




Se ha publicado en la página web del Ministerio de Justicia:

Nota del Tribunal de Tramitación turno libre sobre la presentación de los títulos del apartado A de la fase de concurso


TRAMITACION PROCESAL Y ADMINISTRATIVA, ACCESO LIBRE, Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto (BOE de 31)ACUERDO TRIBUNAL CALIFICADÓR ÚNICO30 de noviembre de 2020


ACUERDO TRIBUNAL CALIFICADÓR ÚNICO
30 de noviembre de 2020

ACUERDO TCU ENTREGA DOCUMENTACION (pdf. 428.54 KB)

Leer más...

CCOO solicita la ampliación del plazo para acreditar los cursos de inteligencia emocional, salud laboral e igualdad en la fase de concurso del proceso selectivo de Tramitación, turno libre


20 nov 2020



CCOO
SOLICITA AL MINISTERIO DE JUSTICIA Y AL TRIBUNAL CALIFICADOR ÚNICO DEL PROCESO SELECTIVO DE TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA (TURNO LIBRE) QUE SE ABRA UN NUEVO PLAZO PARA LA ACREDITACIÓN DE CURSOS DE INTELIGENCIA EMOCIONAL, SALUD LABORAL E IGUALDAD QUE CUMPLAN CON LOS NUEVOS REQUISITOS ANUNCIADOS

El tribunal anunció ayer , justo el día en que acababa el plazo, un cambio de criterio (adoptado a propuesta de CCOO) para la valoración de estos cursos, lo que ha podido provocar que algunas personas no los hayan acreditado al haberse anunciado previamente que no serían valorados si no cumplían los requisitos que ahora han sido modificados

Hemos remitido escrito al Ministerio de Justicia y al Tribunal con el siguiente texto:

Estimados/as Sres./as.:

El pasado día 16 de octubre el Tribunal Único de las pruebas selectivas de Tramitación, turno libre, acordó diversos criterios respecto a los cursos de formación que serían valorables en la fase de concurso de este proceso selectivo, resolviéndose que:

No se considerarán los siguientes cursos de formación:

- Cursos de inteligencia emocional, puesto que no están previstos en la convocatoria y no tienen carácter jurídico

- Cursos de prevención de riesgos laborales, salvo que principalmente contengan módulos jurídicos relativos a derecho procesal o sustantivo. Los opositores deberán aportar el programa del curso para la comprobación de estos extremos

- Cursos de igualdad, salvo que principalmente contengan módulos jurídicos, debiendo aportar el programa del curso a los mismos fines que el apartado anterior

Ayer, día 19 de noviembre, y en base a la reclamación que efectuó este sindicato al respecto, se publicó un nuevo acuerdo de este tribunal modificando dichos criterios y resolviendo a este respecto lo siguiente:

- Cursos de inteligencia emocional: no se considerarán, puesto que no están previstos en la convocatoria y no tienen carácter jurídico. Sin perjuicio de ello, se valorarán caso por caso los que se presenten, siempre que pueda entenderse que son cursos de salud laboral, en las mismas condiciones que estos, es decir, siempre que se acredite que contienen unidades o módulos de carácter jurídico, para lo que deberán aportar el programa del curso para la comprobación de estos extremos

- Cursos de salud laboral: se valorarán siempre que contengan unidades o módulos jurídicos. Los opositores deberán aportar el programa del curso para la comprobación de este extremo

- Cursos de igualdad: se valorarán siempre que contengan unidades o módulos jurídicos. Los opositores deberán aportar el programa del curso para la comprobación de este extremo

Se da la circunstancia de que el día de ayer mismo era en el que vencía el plazo para la presentación de las certificaciones de los cursos de formación por parte de las personas que superaron la fase oposición y algunas de ellas no presentaron la justificación de los cursos de inteligencia emocional ni los de salud laboral e igualdad cuyo contenido principal no era de carácter jurídico aunque sí contenían unidades o módulos jurídicos ya que no iban a ser valorados inicialmente

Solicitamos por ello, ante este cambio de criterio del tribunal, que se abra un nuevo plazo para la presentación de las certificaciones de los cursos de inteligencia emocional, salud laboral e igualdad que cumplan con los nuevos exigidos y que no se hubiesen presentado en plazo ordinario ayer finalizado con objeto de evitar la posibilidad de causar perjuicio a determinadas personas afectadas
Leer más...

El Tribunal del proceso selectivo de Tramitación Procesal y Administrativa, turno libre, rectifica y publica un Acuerdo por el que modifica el anterior, de 16 de octubre, en relación con los méritos del apartado B (cursos) ante las reclamaciones realizadas por CCOO



 


El Tribunal de Tramitación, turno libre, rectifica, y publica un Acuerdo por el que modifica su Acuerdo de 16 de octubre en relación con los méritos del apartado B (cursos), ante las reclamaciones realizadas por CCOO el pasado 21 de octubre

 

CCOO HABÍA EXIGIDO AL TRIBUNAL RECTIFICACIÓN DE SU ACUERDO Y QUE SE VALORARÁN LOS CURSOS DE INTELIGENCIA EMOCIONAL, DE SALUD LABORAL Y DE IGUALDAD, SIEMPRE QUE REUNIERAN LOS REQUISITOS DE CONTENER UNIDADES O MÓDULOS DE CONTENIDO JURÍDICO 


Adjuntamos el acuerdo del Tribunal de Tramitación, turno libre:

TRAMITACION PROCESAL Y ADMINISTRATIVA, ACCESO LIBRE, Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto (BOE de 31)

ACUERDO VALORACIÓN MÉRITOS HISTORIAL PROFESIONAL
19 de noviembre de 2020

Acuerdo del Tribunal Calificador Único por el que se dan a conocer los criterios sobre la valoración de méritos del Historial profesional establecido en el Anexo I, I-B de la convocatoria de oposiciones

Documentos asociados


El ACUERDO DEL TRIBUNAL DE FECHA 18 DE NOVIEMBRE EXPRESA:

1º.- Con relación a las titulaciones o certificaciones académicas de entre las valoradas en el apartado A del Anexo I-B, únicamente en relación a aquellos opositores que en su solicitud inicial de participación no hayan prestado su consentimiento, se comunica que próximamente se dará a conocer el plazo para su presentación a través del aplicativo informático que se explicará debidamente. Solo los opositores indicados tendrán acceso a dicho aplicativo

2º.- Los criterios interpretativos de valoración que se acordaron el 16 de octubre con relación a los méritos del apartado B (Historial profesional) del Anexo I-B, se modifican en el sentido siguiente:

Apartado B (Historial profesional):

Apartado B-1 (Cursos de formación)

En este apartado se valorarán los cursos recibidos y acreditados en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, es decir, desde el 27-9-2009 hasta el 27-9-2019

- Cursos de inteligencia emocional: No se considerarán, puesto que no están previstos en la convocatoria y no tienen carácter jurídico. Sin perjuicio de ello, se valorarán caso por caso los que se presenten, siempre que pueda entenderse que son cursos de salud laboral, en las mismas condiciones que estos, es decir, siempre que se acredite que contienen unidades o módulos de carácter jurídico, para lo que deberán aportar el programa del curso para la comprobación de estos extremos

- Cursos de salud laboral: Se valorarán siempre que contengan unidades o módulos jurídicos. Los opositores deberán aportar el programa del curso para la comprobación de este extremo

- Cursos de igualdad: Se valorarán siempre que contengan unidades o módulos jurídicos. Los opositores deberán aportar el programa del curso para la comprobación de este extremo

- Cursos de atención al ciudadano: No se valorarán, si no tienen contenido jurídico. Se exceptúan los cursos específicos de atención a la víctima

- Apartado B-2 (Cursos de formación en informática)

En este apartado se contarán los cursos recibidos y acreditados en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, es decir, desde el 27-9-2009 hasta el 27-9-2019

- Cursos de mecanografía por ordenador: No se considerarán como cursos de informática

CCOO ya había reclamado al Tribunal de Tramitación, turno libre, en escrito de fecha 21 de octubre, lo siguiente (enlace a este escrito):


En el escrito de CCOO, remitido hoy al Tribunal hemos expuesto:

1.- El punto 5º del Acuerdo de 16 de octubre pasado de ese tribunal recoge:

“No se considerarán los siguientes cursos de formación:
  • Cursos de inteligencia emocional, puesto que no están previstos en la convocatoria y no tienen carácter jurídico
  • Cursos de prevención de riesgos laborales, salvo que principalmente contengan módulos jurídicos relativos a derecho procesal o sustantivo. Los opositores deberán aportar el programa del curso para la comprobación de estos extremos
  • Cursos de igualdad, salvo que principalmente contengan módulos jurídicos, debiendo aportar el programa del curso a los mismos fines que el apartado anterior”
2.- Sin embargo, en las bases de la convocaría del proceso selectivo sobre este particular se recoge:

“... se valorarán los cursos en materia de igualdad o salud laboral que incluyan unidades o módulos de contenido jurídico”

3.- Se generan varias discrepancias, a juicio de este sindicato, entre el contenido de las bases y la interpretación que se hace de las mismas en acuerdo de 16 de octubre, en concreto:

a) Se confunde el concepto “prevención de riesgos laborales” (al que se refiere el acuerdo) y el concepto, más amplio, “salud laboral” (al que se refieren las bases), siendo la prevención de riesgos laborales solo un aspecto de la salud laboral

b) La inteligencia emocional está directamente relacionada con los riesgos psicosociales para la salud, en general, y para la salud laboral en particular. Son múltiples los estudios y publicaciones científicas que certifican esta relación. A modo de ejemplo,

- Inteligencia emocional una eficaz herramienta para la prevención de riesgos laborales



- Organizaciones emocionalmente inteligentes como antídoto a los riesgos psicosociales

Autores: Edgar Bresó Esteve, Marisa Salanova Soria


c) En cuanto al contenido jurídico de los cursos sobre salud laboral e igualdad, las bases de la convocatoria los diferencia claramente de los cursos “con contenido principal de carácter jurídico relacionados con la actividad del Cuerpo” a los que se refiere el párrafo primero del apartado B-1 del Anexo I-B (Fase de concurso) de dichas bases de convocatoria. Respecto a los cursos de salud laboral e igualdad solo se exige que incluyan unidades o módulos de contenido jurídico y no que “principalmente contengan módulos jurídicos relativos a derecho procesal o sustantivo” o que “principalmente contengan módulos jurídicos”, como se recoge en el acuerdo para los cursos de prevención de riesgos laborales y de igualdad, respectivamente

Por todo ello hemos solicitado la rectificación del punto 5º del Acuerdo de ese Tribunal de fecha 16 de Octubre de 2020 en lo referente a:
  • Que sí deben ser valorados los cursos de inteligencia emocional que reúnan los requisitos necesarios
  • Que sí deben ser valorados los cursos de salud laboral, más allá de los de prevención de riesgos laborales, que reúnan los requisitos necesarios
  • Que tanto los cursos de salud laboral como los de igualdad se valoren siempre que, reuniendo el resto de requisitos, contengan unidades o módulos de contenido jurídico, aunque estos módulos o unidades no constituyan su contenido principal
  • Que el contenido jurídico exigible para los cursos de salud laboral no se restrinja a lo relativo al derecho procesal o sustantivo, sino a cualquier otra disciplina jurídica o rama de del derecho
Leer más...

Publicada en el BOE la adjudicación de destinos y nombramientos del proceso selectivo de Tramitación Procesal y Administrativa, promoción interna (OEP 2017-2018)


18 nov 2020



Tras la incidencia, finalmente resuelta, que obligó al retraso de un día en la publicación en el BOE, 

 

En el BOE de 18 de noviembre, se publica la adjudicación de destinos y los nombramientos de las personas aprobadas de Tramitación promoción interna (OEP 2017-2018)


Adjuntamos las adjudicaciones de destinos de todos los ámbitos en los que se convocaban plazas, así como la orden de los nombramientos:

MINISTERIO DE JUSTICIA

Orden JUS/1068/2020, de 5 de noviembre, por la que se nombran funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa a los aspirantes que superaron el proceso selectivo, convocado por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo



Destinos

Orden JUS/1069/2020, de 5 de noviembre, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo



COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

Destinos

Orden de 5 de noviembre de 2020, del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo



COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA

Destinos

Resolución de 5 de noviembre de 2020, del Departamento de Justicia, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno de promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por la Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo



COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA

Destinos

Resolución de 5 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Justicia, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Turismo, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno de promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por la Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo



COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

Destinos

Resolución de 5 de noviembre de 2020, de la Dirección General de la Oficina Judicial y Fiscal, de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo



COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Destinos

Resolución de 5 de noviembre de 2020, de la Consejería de Presidencia, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo



COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA

Destinos

Orden PRE/131/2020, de 5 de noviembre, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo



COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA

Destinos

Resolución de 5 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Justicia e Interior, de la Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo



COMUNITAT VALENCIANA

Destinos

Resolución de 5 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo



COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

Destinos

Resolución de 5 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo



COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS

Destinos

Resolución de 5 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo



COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Destinos

Resolución 301/2020, de 5 de noviembre, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo



COMUNIDAD DE MADRID

Destinos

Resolución de 5 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Justicia, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo



De las órdenes y resoluciones de adjudicación de destinos es muy importante tener en cuenta lo siguiente, que copiamos literalmente de la Orden del ámbito no transferido:

Primero.- Los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, a los que se les otorga destino en esta Orden, deberán tomar posesión de su cargo ante el responsable del órgano judicial o fiscal de destino dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado (...)

Segundo.- Los funcionarios destinados en virtud de esta Orden y que opten por continuar en activo en el Cuerpo de Auxilio Judicial, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero, comuniquen en su caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos, dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial. Copia de la Resolución por la que se le declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Medios Personales de la Administración de Justicia

Con el fin de planificar la oferta de plazas de los aspirantes aprobados por el turno libre , aquellos aspirantes del turno de promoción interna que opten por continuar en activo en el Cuerpo de procedencia, deberán comunicar, mediante el formulario que se publica en la presente Orden como Anexo II, su intención de acogerse a dicha opción, a través del correo electrónico concursos.admonjusticia@mjusticia.es en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de su nombramiento y adjudicación de destino en el Boletín Oficial del Estado

Tercero.- En caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de la Gerencia Territorial correspondiente a su destino como funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo. Estos días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados

Cuarto.- Los funcionarios que opten por permanecer en el nuevo puesto del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, tendrán derecho, a partir de la toma de posesión, al permiso retribuido que establece la disposición adicional quinta del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, permiso del que se deducirán los días contemplados en el apartado tercero de esta Orden


Artículo 35 de dicho RD 1451/2005: Permiso retribuido para funcionarios que accedan a otros Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia por promoción interna. Los funcionarios de carrera en servicio activo o situación asimilada que accedan a un nuevo cuerpo por el sistema de promoción interna, tendrán derecho a partir de la toma de posesión al permiso retribuido que establece la disposición adicional quinta del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, o norma que en el futuro pudiere sustituirle para la Administración General del Estado


Disposición adicional quinta del RD 364/1995. Permiso retribuido para funcionarios que accedan a otros Cuerpos o Escalas. Los funcionarios de carrera en servicio activo o situación asimilada que accedan a un nuevo Cuerpo o Escala tendrán derecho, a partir de la toma de posesión, a un permiso retribuido de tres días hábiles si el destino no implica cambio de residencia del funcionario y de un mes si lo comporta
Leer más...

El Ministerio de Justicia comunica que, por incidencia en la relación de aprobados de Tramitación, promoción interna, se paraliza la publicación en el BOE de los destinos adjudicados prevista para mañana, 17 de noviembre


16 nov 2020



EL MINISTERIO DE JUSTICIA COMUNICA QUE, POR INCIDENCIA EN LA RELACIÓN DE APROBADOS DE TRAMITACIÓN, PROMOCIÓN INTERNA, SE PARALIZA LA PUBLICACIÓN DE LOS DESTINOS ADJUDICADOS EN EL BOE, PREVISTA PARA MAÑANA 17 DE NOVIEMBRE

Solo está afectada, según la nota del Ministerio de Justicia, la resolución de adjudicación de los destinos del ámbito gestionado por el Ministerio de Justicia

Este es el correo que hemos recibido del Ministerio de Justicia:

Buenos días


SE PARALIZA HASTA NUEVA ORDEN LA PUBLICACIÓN, EN EL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Y EN LOS BOLETINES DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS TRANSFERIDAS,  DE LA ADJUDICACIÓN DE DESTINOS Y EL NOMBRAMIENTO DE FUNCIONARIOS DE TRAMITACIÓN, TURNO PROMOCIÓN INTERNA, EN LAS OPOSICIONES CONVOCADAS POR ORDEN JUS/404/2019, DE 21 DE MARZO

Cada Comunidad Autónoma con competencias transferidas comunicará a su Boletín la paralización de su publicación

Se ha producido una incidencia en la relación de aprobados de dicho Cuerpo, por lo que, hasta que se solucione la misma no será posible publicar ni los nombramientos ni la adjudicación de destinos

Se comunicará oportunamente la nueva fecha

NO AFECTA A LAS RESOLUCIONES DE ADJUDICACIÓN DE DESTINOS DE NINGUNA COMUNIDAD AUTÓNOMA TRANSFERIDA. SÓLO AFECTA AL ÁMBITO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA

Un saludo

EL JEFE DE SECCIÓN DE CONCURSOS

San Bernardo, 21
Despacho 220
28015 MADRID
Leer más...

Corrección de errores en la relación de plazas que se ofertan a quienes han superado el proceso selectivo de Tramitación Procesal y Administrativa, promoción interna, por el ámbito de la Comunitat Valenciana




Hoy se ha publicado en el BOE:

COMUNITAT VALENCIANA

Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia

Resolución de 6 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consellería de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se corrigen errores en la de 14 de septiembre de 2020, por la que se publica la relación de plazas en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, que se ofrecen a los aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo


Leer más...

Concurso de traslados 2020: fechas posibles de publicación en el BOE de las adjudicaciones provisionales según el Ministerio de Justicia


10 nov 2020



CONCURSO DE TRASLADO 2020: INFORMACIÓN DEL MINISTERIO DE JUSTICIA SOBRE LAS FECHAS PREVISTAS DE PUBLICACIÓN EN EL BOE DE LA ADJUDICACIÓN PROVISIONAL


El responsable de la sección de concursos del Ministerio de Justicia acaba de remitir esta tarde este correo, en relación con la fecha estimada de publicación de las adjudicaciones provisionales del concurso de traslado de cuerpos generales 2020:

Fecha de publicación prevista en el BOE, de la resolución provisional del concurso de traslados Ge, Tr, Au 2020, a finales de noviembre o principios de diciembre

Previamente, se deberá colgar en la página web del Ministerio de Justicia los anexos III en los que los participantes podrán comprobar la relación de destinos solicitados y el destino adjudicado, en su caso
Leer más...

Oposiciones Tramitación Procesal y Administrativa, promoción interna: adjudicación de destinos ámbito no transferido




Oposiciones Tramitación Procesal y Administrativa, promoción interna: se publican los destinos adjudicados a las personas aprobadas del ámbito no transferido


TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA OEP 2017-2018, TURNO PROMOCIÓN INTERNA, OFERTA DE PLAZAS

TRAMITACIÓN PA, TURNO PROMOCIÓN INTERNA. ADJUDICACIÓN DE DESTINOS

10 de noviembre de 2020

Orden de 5-11-2020, del Ministerio de Justicia por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia (turno promoción interna), que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/404/2019 de 21 de marzo, en el ámbito de Península y Baleares

Fecha prevista de publicación en el BOE: 17-11-2020

Documentos asociados

ANEXO I TRAMITACION PI OEP 2017_2018 (PDF. 463KB)

ANEXO II TRAMITACION (PDF. 12KB)

ORDEN TRAMITACION PI OEP 2017 2018 BOE (PDF. 263KB)

La orden que otorga los destinos incluye, entre otras cuestiones:

Segundo.- Los funcionarios destinados en virtud de esta Orden y que opten por continuar en activo en el Cuerpo de Auxilio Judicial, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero, comuniquen en su caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos, dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial. Copia de la Resolución por la que se le declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Medios Personales de la Administración de Justicia

Con el fin de planificar la oferta de plazas de los aspirantes aprobados por el turno libre , aquellos aspirantes del turno de promoción interna que opten por continuar en activo en el Cuerpo de procedencia, deberán comunicar, mediante el formulario que se publica en la presente Orden como Anexo II, su intención de acogerse a dicha opción, a través del correo electrónico concursos.admonjusticia@mjusticia.es en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de su nombramiento y adjudicación de destino en el Boletín Oficial del Estado

Tercero.- En caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de la Gerencia Territorial correspondiente a su destino como funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo. Estos días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados

Cuarto.- Los funcionarios que opten por permanecer en el nuevo puesto del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, tendrán derecho, a partir de la toma de posesión, al permiso retribuido que establece la disposición adicional quinta del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, permiso del que se deducirán los días contemplados en el apartado tercero de esta Orden

Leer más...

Corrección de errores en la relación de plazas que se se ofrecen a los aspirantes aprobados del proceso selectivo de Tramitación Procesal y Administrativa, promoción interna, ámbito Comunidad de Madrid


31 oct 2020



Se ha publicado en el BOE:

COMUNIDAD DE MADRID

Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia

Resolución de 23 de octubre de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, por al que se corrigen errores en la de 14 de septiembre de 2020, por la que se publica la relación de plazas en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, que se ofrecen a los aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo


Leer más...

El Ministerio de Justicia anuncia que la adjudicación de destinos a los aprobados de Tramitación, promoción interna, se publicará en el BOE de 17 de noviembre de 2020


30 oct 2020



EL MINISTERIO DE JUSTICIA ANUNCIA QUE LA ADJUDICACIÓN DE DESTINOS A LOS APROBADOS DE TRAMITACIÓN, PROMOCIÓN INTERNA, SE PUBLICARÁ EN EL BOE DE 17 DE NOVIEMBRE DE 2020

Reproducimos el correo recibido del Ministerio de Justicia

Buenas tardes

Con relación a la adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, turno promoción interna, convocadas por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo, se comunica que se publicará en el Boletín Oficial del Estado el día 17 de noviembre de 2020

EL JEFE DE SECCIÓN DE CONCURSOS

San Bernardo, 21
Despacho 220
28015 MADRID
Leer más...

El Ministerio de Justicia ha remitido las plazas desiertas de Tramitación, promoción interna, de su ámbito de gestión


27 oct 2020



El Ministerio de Justicia ha remitido las plazas desiertas de Tramitación Procesal y Administrativa, promoción interna, ámbito Ministerio de Justicia (ver BOE de 18 de septiembre de 2020), que adjuntamos

Leer más...

CCOO solicita al Tribunal Calificador Único del proceso selectivo de Tramitación, turno libre, que se valoren todos los cursos de salud laboral e igualdad que cumplan los requisitos


21 oct 2020



CCOO SOLICITA AL TRIBUNAL UNICO DE TRAMITACIÓN, TURNO LIBRE, LA MODIFICACIÓN DEL ACUERDO DE 16 DE OCTUBRE EN LO RELATIVO A LA VALORACIÓN DE LOS CURSOS DE FORMACIÓN DE SALUD LABORAL E IGUALDAD

Deben valorarse los cursos de inteligencia emocional y todos los cursos de salud laboral (incluida la Prevención de Riesgos Laborales pero no exclusivamente los de esta materia) e igualdad que contengan unidades o módulos con contenido jurídico aunque este contenido jurídico no sea su contenido principal 


En el escrito remitido hoy al Tribunal hemos expuesto:

1.- El punto 5º del Acuerdo de 16 de octubre pasado de ese tribunal recoge:

“No se considerarán los siguientes cursos de formación:
  • Cursos de inteligencia emocional, puesto que no están previstos en la convocatoria y no tienen carácter jurídico
  • Cursos de prevención de riesgos laborales, salvo que principalmente contengan módulos jurídicos relativos a derecho procesal o sustantivo. Los opositores deberán aportar el programa del curso para la comprobación de estos extremos
  • Cursos de igualdad, salvo que principalmente contengan módulos jurídicos, debiendo aportar el programa del curso a los mismos fines que el apartado anterior”
2.- Sin embargo, en las bases de la convocaría del proceso selectivo sobre este particular se recoge:

“... se valorarán los cursos en materia de igualdad o salud laboral que incluyan unidades o módulos de contenido jurídico”

3.- Se generan varias discrepancias, a juicio de este sindicato, entre el contenido de las bases y la interpretación que se hace de las mismas en acuerdo de 16 de octubre, en concreto:

a) Se confunde el concepto “prevención de riesgos laborales” (al que se refiere el acuerdo) y el concepto, más amplio, “salud laboral” (al que se refieren las bases), siendo la prevención de riesgos laborales solo un aspecto de la salud laboral

b) La inteligencia emocional está directamente relacionada con los riesgos psicosociales para la salud, en general, y para la salud laboral en particular. Son múltiples los estudios y publicaciones científicas que certifican esta relación. A modo de ejemplo,

- Inteligencia emocional una eficaz herramienta para la prevención de riesgos laborales



- Organizaciones emocionalmente inteligentes como antídoto a los riesgos psicosociales

Autores: Edgar Bresó Esteve, Marisa Salanova Soria


c) En cuanto al contenido jurídico de los cursos sobre salud laboral e igualdad, las bases de la convocatoria los diferencia claramente de los cursos “con contenido principal de carácter jurídico relacionados con la actividad del Cuerpo” a los que se refiere el párrafo primero del apartado B-1 del Anexo I-B (Fase de concurso) de dichas bases de convocatoria. Respecto a los cursos de salud laboral e igualdad solo se exige que incluyan unidades o módulos de contenido jurídico y no que “principalmente contengan módulos jurídicos relativos a derecho procesal o sustantivo” o que “principalmente contengan módulos jurídicos”, como se recoge en el acuerdo para los cursos de prevención de riesgos laborales y de igualdad, respectivamente

Por todo ello hemos solicitado la rectificación del punto 5º del Acuerdo de ese Tribunal de fecha 16 de Octubre de 2020 en lo referente a:
  • Que sí deben ser valorados los cursos de inteligencia emocional que reúnan los requisitos necesarios
  • Que sí deben ser valorados los cursos de salud laboral, más allá de los de prevención de riesgos laborales, que reúnan los requisitos necesarios
  • Que tanto los cursos de salud laboral como los de igualdad se valoren siempre que, reuniendo el resto de requisitos, contengan unidades o módulos de contenido jurídico, aunque estos módulos o unidades no constituyan su contenido principal
  • Que el contenido jurídico exigible para los cursos de salud laboral no se restrinja a lo relativo al derecho procesal o sustantivo, sino a cualquier otra disciplina jurídica o rama de del derecho
Leer más...

El Tribunal Único del proceso selectivo de Tramitación, turno libre, abre por fin el plazo para presentar los méritos referidos a los cursos de formación para la fase de concurso. El resto de los méritos se harán de oficio


16 oct 2020


 


Además de publicar por fin la relación de aprobados de la fase de oposición

El Tribunal Único del proceso selectivo de Tramitación, turno libre (OEP 2017-2018), abre por fin el plazo para presentar los méritos referidos a los cursos de formación para la fase de concurso. Comenzará el día 20 de octubre y será de 20 días hábiles

 

El resto de los méritos, experiencia y exámenes aprobados de las dos oposiciones anteriores, se harán de oficio, incluidos los títulos. En el caso de los títulos académicos será de oficio si se ha dado autorización a la Administración para su verificación

 

El Tribunal sigue sin recoger en su acuerdo los criterios de valoración de los ejercicios aprobados en los procesos selectivos 2015 y 2016, retraso que no se justifica de ninguna manera, pues mantiene en vilo las expectativas de las personas opositoras


El Ministerio incorporará el resto de los méritos de oficio y serán los referidos a experiencia (tiempo trabajado) y ejercicios aprobados de las oposiciones 2015-2016. Respecto a las titulaciones, también será de oficio si en la instancia de participación se aceptó expresamente la verificación por la administración (base 7.4 de la Orden de la convocatoria de este proceso selectivo (enlace a la convocatoria). En caso contrario, también deberán presentar la documentación de los Títulos Académicos que se posean

Dentro del mismo plazo de veinte días los opositores que concurran por comunidades autónomas con ejercicios optativos podrán aportar las certificaciones acreditativas de los conocimientos

El plazo para presentar los méritos referidos a los cursos de formación correrá desde las 0:00 horas del día 20 de octubre de 2020 hasta las 00.00 horas del día 19 de noviembre de 2020

Después de valorar los cursos, el Tribunal deberá publicar la lista provisional de méritos con la puntuación de esos méritos valorados. Se abrírá posteriormente un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones contra esa lista provisional

Finalizado ese plazo, se convocarán los exámenes de lenguas autonómicas

El acuerdo del Tribunal en el que publica las relaciones de aprobados de la fase de oposición abre el plazo para presentar los méritos relativos a los cursos y se determinan unos criterios interpretativos de los cursos que no van a ser valorados. El plazo comenzará el 20 de octubre y será, como decíamos, de 20 días hábiles

Acuerdos adoptados por el tribunal:

1º. Se procede a iniciar la fase de concurso prevista en el Anexo I, I-B de la convocatoria

2º. Se publica, por sedes de examen, la relación de aprobados de la fase de oposición

3º. Se concede un plazo de veinte días hábiles a todos los aprobados, a contar desde las 0:00 horas del día 20 de octubre de 2020 hasta las 00.00 horas del día 19 de noviembre de 2020, para presentar exclusivamente la documentación establecida en el Anexo I-B, apartado B (Historial profesional), que comprende los apartados B-1 y B-2. Esta documentación la enviarán los opositores por medios telemáticos, a través del enlace, siguiendo las instrucciones del manual que se adjunta

MUY IMPORTANTE: ES PRECISO LEER CON DETENIMIENTO EL ACUERDO DEL TRIBUNAL ÚNICO DE TRAMITACIÓN, TURNO LIBRE, DE INICIO DE LA FASE DE CONCURSO, PARA NO COMETER ERRORES

PARA CUALQUIER ACLARACIÓN, LAS Y LOS DELEGADOS DE CCOO ESTAMOS A DISPOSICIÓN DE LAS PERSONAS OPOSITORAS




ACUERDO INICIO FASE DE CONCURSO
16 de octubre de 2020

Acuerdo del Tribunal Calificador Único, por el que se da inicio a la fase de concurso establecida en el Anexo I-B de la convocatoria de las oposiciones al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, turno libre.

Se publica, por sedes de examen, la relación de aprobados de la fase de oposición; igualmente el Manual de Instrucciones para la presentación de los méritos del apartado B del Anexo I-B, y el enlace que les llevará al asistente para la aportación telemática de dichos méritos.

Documentos asociados














Leer más...