BOE de 21 de diciembre de 2020: convocatoria de ayudas socio-sanitarias de MUGEJU
23 dic 2020
Archivado en: Ayudas, MUGEJU, Mutualidad
El Ministerio de Justicia remitirá al BOE en los próximos días la convocatoria del primero de los concursos de traslado de plazas de MUGEJU
18 dic 2020
Archivado en: Concurso de traslados, MUGEJU, Mutualidad
PRIMER CONCURSO DE PLAZAS VACANTES DE MUGEJU, TAL Y COMO CCOO LOGRÓ ESTABLECER EN LA NUEVA RPT DEL ORGANISMO, UNA VEZ ANULADA LA ANTERIOR ANTE LA DEMANDA QUE INTERPUSIMOS
CCOO exige garantías e información del procedimiento de vacunación contra el COVID 19 del colectivo de mutualistas de MUGEJU
16 dic 2020
Archivado en: Coronavirus, MUGEJU, Mutualidad
Vacuna contra el COVID-19 para el personal mutualista de Mugeju adscrito a entidades médicas privadas
CCOO SOLICITA A LA MUGEJU Y A LAS AUTORIDADES SANITARIAS QUE SE GARANTICE LA VACUNACIÓN PARA TODO EL COLECTIVO MUTUALISTA Y BENIFICARIO Y QUE SE DEN CLARAS INSTRUCCIONES Y DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO PARA DETERMINAR DÓNDE SE REALIZARÁ LA VACUNACIÓN, SI EN LOS CENTROS DE ATENCIÓN DE LAS ENTIDADES MÉDICAS PRIVADAS O EN LOS CENTROS DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SANIDAD PÚBLICA
CCOO exige que con la dispensación de las vacunas no se produzcan situaciones como las que están aconteciendo en la atención médica, seguimiento de contactos estrechos y realización de test durante la pandemia en las que, en demasiadas ocasiones, el personal de Mugeju adscrito a la sanidad privada no ha sido debidamente atendido ni por las entidades médicas ni por la sanidad pública
CCOO nos hemos dirigido a la dirección de Mugeju y a los responsables sanitarios públicos estatales y de todas las Comunidades Autónomas para que, en relación con el colectivo mutualista y beneficiario de Mugeju que recibe la asistencia sanitaria de las entidades médicas privadas, se establezca con claridad:
1.- Si la vacunación contra el COVID 19 se realizará en los centros de atención primaria de la sanidad pública o en los centros asistenciales de las entidades médicas privadas
2.- Si este colectivo de mutualistas recibirá cita previa cuando sea vacunado el grupo de población de riesgo al que pertenezcan o deberá solicitar dicha cita en el centro asistencial que corresponda
Asimismo, hemos solicitado que se den instrucciones claras y de obligado cumplimiento a las entidades médicas privadas o a los organismos responsables de los centros públicos de atención primaria (según corresponda) para que el personal de Mugeju sea atendido y vacunado con las mismas garantías y en los mismos plazos que quienes pertenecen al régimen general de la Seguridad Social
ESCRITO DE CCOO AL MINISTERIO DE SANIDAD
CCOO presenta numerosas propuestas al Consejo de la Mugeju, para defender a las miles de personas mutualistas y la recuperación de la democracia en Mugeju
1 dic 2020
Archivado en: MUGEJU, Mutualidad

- Convocada nueva reunión del Consejo General de Mugeju para el próximo 3 de diciembre, órgano de control y vigilancia de la gestión de la Mutualidad, establecido en el RD 96/2019, impuesto, en marzo de 2019, por la anterior ministra de Justicia unilateralmente y que abolió la democracia y la participación de las miles de personas mutualistas.
Esta norma, que CCOO ha combatido, combate y combatirá, ha dejado al casi
75 % de los que sostenemos la Mutualidad (cuerpos generales y especiales) con
una representación inferior al 43 % en el Consejo General e inferior al 19 % en
la Comisión rectora, y ha liquidado la elección directa de sus representantes (ver tabla comparativa de representación
entre la norma anterior derogada por la ministra de Justicia y el RD 96/2019: Tabla comparativa de representación por cuerpos en Mugeju entre la norma derogada yel RD 96/2019 ).
CCOO PRESENTA NUMEROSAS PROPUESTAS (todas las propuestas de CCOO en: Propuestas de CCOO al Consejo de Mugeju del 3 de diciembre 2020) AL CONSEJO DE MUGEJU, PARA DEFENDER A LAS MILES DE PERSONAS MUTUALISTAS ANTE LAS ENTIDADES MÉDICAS (EEMM) QUE, EN LOS MOMENTOS MÁS DUROS, COMO LA PANDEMIA, HAN PUESTO SUS INTERESES POR ENCIMA DEL DE LAS PERSONAS.
Entre las propuestas, que CCOO hemos presentado, a la Presidenta del Consejo de Mugeju, destacamos que exigimos a las EEMM el respeto a los derechos de las personas mutualistas en la asistencia médica en caso de Covid y el abono de prestaciones económicas. CCOO exige además que se denuncie a las EEMM por su intolerable actuación durante la pandemia.
Asimismo, CCOO reclamamos que, en la elaboración del concierto sanitario para el año 2022 y años venideros, se atiendan propuestas imprescindibles para su mejora, mediante la participación de las y los representantes de mutualistas. Así como que las personas pensionistas de Mugeju dejen de ser discriminados en el abono de las recetas en relación con los de la Seguridad Social.
1.- PROPUESTA SOBRE ASISTENCIA MÉDICA EN CASO DE COVID PARA MUTUALISTAS Y BENEFICIARIOS DE LA MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL Y ABONO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS
2.- PROPUESTA SOBRE ELABORACION DEL CONCIERTO SANITARIO PARA EL AÑO 2022 Y AÑOS VENIDEROS
3.- PROPUESTA SOBRE CARTA DE DERECHOS Y DEBERES DE LOS BENEFICIARIOS Y LAS BENEFICIARIAS DE LA MUGEJU ANTE LAS EEMM.
4.- PROPUESTA SOBRE APORTACIONES POR RECETA MEDICA A LOS Y LAS PENSIONISTAS DE LA MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL
5.- PROPUESTA DE DESARROLLO NORMATIVO DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL Y PERMANENTE DE LOS Y LAS MUTUALISTAS
- Regulación sobre la expedición de los modelos de partes médicos de baja por incapacidad temporal, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, partes de confirmación, periodicidad de su expedición en todos los supuestos, y alta. Competencia para la aprobación y modificación de dichos modelos. Tramitación electrónica de los mismos.
- Competencia y procedimiento para el reconocimiento, control y seguimiento de la incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural. Posibilidad de revisión de altas.
- Competencia y procedimiento para la determinación y revisión de las contingencias, comunes o profesionales, que dieron lugar a la incapacidad, y reconocimiento de los derechos derivados de enfermedad profesional y de accidente en acto de servicio conforme el art. 59.2 del Reglamento del Mutualismo Judicial
- Competencia y procedimiento para la declaración de jubilación por incapacidad permanente o por reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente absoluta o incapacidad permanente total en relación con el ejercicio de las funciones de su cuerpo o escala, derivada de una situación de incapacidad temporal, incluyendo la coordinación de las actuaciones de la Mutualidad General Judicial y las del órgano de jubilación conforme el art. 83.1 Reglamento del Mutualismo Judicial, así como la revisión de la incapacidad permanente que pudiera dar lugar a la modificación del grado de incapacidad.
6.- PROPUESTA SOBRE COMPOSICIÓN Y FORMA DE ELECCION DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO GENERAL DE LA MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL Y DE LA COMISIÓN RECTORA
Enlaces a algunas
de las actuaciones que CCOO hemos venido
realizando, desde la aprobación del Real Decreto 96/2019, para combatirlo, norma
que eliminó la democracia y la participación de las miles de personas mutualistas
en la gestión y control de Mugeju:
Publicada la prórroga del Concierto Sanitario de las Entidades Médicas Privadas con MUGEJU para 2021, que no suscribe la entidad CASER
27 nov 2020
Archivado en: MUGEJU, Mutualidad, Prestaciones
PUBLICADA EN EL BOE LA PRÓRROGA DEL CONCIERTO SANITARIO DE LAS ENTIDADES MÉDICAS PRIVADAS CON MUGEJU PARA 2021, QUE NO SUSCRIBE LA ENTIDAD CASER
La Gerencia de MUGEJU confirma a CCOO que se ha restablecido por fin el abono del subsidio de Incapacidad Temporal, que estaba bloqueado desde hace semanas
13 nov 2020
Archivado en: Incapacidad temporal, MUGEJU, Mutualidad
Ayer, CCOO informaba que desde el Ministerio de Justicia y MUGEJU se estaba discutiendo con el Ministerio de Hacienda para restablecer el pago del subsidio de IT (incapacidad temporal), que estaba paralizado desde hace semanas por no haberse realizado los trasvases de partidas presupuestarias del mismo área, lo que en años anteriores no había ocasionado ningún problema
LA GERENCIA DE MUGEJU CONFIRMA A CCOO QUE SE HAN RESTABLECIDO FINALMENTE LAS GESTIONES PARA EL ABONO DE TODAS LAS CANTIDADES PENDIENTES DEL SUBSIDIO DE INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
El abono de las cantidades pendientes a todas las personas a las que se les debe el subsidio de IT por MUGEJU (recordamos que a algunos/as compañeros/as se les deben cantidades desde el mes de agosto) tiene que pasar con carácter previo por la Intervención
Según nos informa la MUGEJU, ya se están tramitando los subsidios pendientes de pago, pero hay un importante atraso que tardará un tiempo en actualizarse
Desde CCOO hemos solicitado a la Gerencia de MUGEJU que se agilicen los trámites para que el abono de todas las cantidades pendientes se haga en el plazo más corto posible, y que se comience de inmediato por el pago de los atrasos a las personas que tienen cantidades pendientes de abono desde las fechas más antiguas
Para que los abonos se hagan con la máxima urgencia, pues existen muchos compañeros y compañeras que, al no percibir este subsidio, no pueden pagar sus gastos ordinarios, CCOO se acaba de dirigir al Ministerio de Justicia solicitando que nombre una plaza de refuerzo para que los trámites de estos pagos se agilicen al máximo
CCOO reclama a la Gerencia de MUGEJU que se proceda de inmediato al abono del subsidio de Incapacidad Temporal y de las cantidades atrasadas aún no percibidas
11 nov 2020
Archivado en: Incapacidad temporal, MUGEJU, Mutualidad
CCOO reclama a la Gerencia de MUGEJU que se proceda de inmediato al abono del subsidio de Incapacidad Temporal (IT) y de las cantidades atrasadas aún no percibidas, que, en algunos casos, llegan a varios meses
Se publica en el BOE, por fin, la RPT de MUGEJU, que restablece la legalidad en la provisión de puestos de trabajo en el organismo tras años de vulneración
6 nov 2020
Archivado en: CCOO, MUGEJU, Mutualidad, RPT, Sentencias
Publicada en el BOE de hoy la RPT del personal de Admón. de Justicia de la MUGEJU (enlace al BOE: Orden que aprueba las RPT de MUGEJU)
COMO HABÍAMOS INFORMADO TRAS EL ACUERDO QUE ALCANZAMOS CON EL MINISTERIO DE JUSTICIA, CCOO HA LOGRADO, TRAS AÑOS DE RECLAMACIONES, RECURSOS Y NUMEROSAS SENTENCIAS GANADAS POR EL SINDICATO, QUE, POR FIN, LA MUGEJU SEA UN CENTRO DE DESTINO EFECTIVO PARA EL PERSONAL FUNCIONARIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA (Ver información de CCOO de 16 de octubre)
CCOO hemos desmontado con nuestras actuaciones lo que
ha sido durante decenas de años un auténtico “centro totalmente opaco del empleo público”, donde las decenas de los puestos de trabajo, no ocupados por personal titular, ni salían a concurso de traslado ni
se ofrecían al personal de nuevo ingreso, con el falso argumento, defendido por
anteriores responsables del Ministerio de Justicia y de la MUGEJU, de que todas
las plazas de este organismo requieren una formación muy especial de la que
carece (ni puede adquirir) el personal de los cuerpos funcionariales de la Administración de justicia
Saltándose la legalidad (como luego demostraron las sentencias que dieron la razón a CCOO en los Tribunales de Justicia) pasaban años y años sin que el Ministerio, en connivencia con los/as sucesivos/as Gerentes de la MUGEJU, incluyera en el concurso de traslado anual la inmensa mayoría de los puestos de trabajo vacantes de este organismo
Cada año denunciaba CCOO, prácticamente en solitario, esta situación, hasta que nuestro hartazgo por actuaciones reiteradas de violación del sistema ordinario de provisión de puestos nos llevó a recurrir el concurso de traslado del año 2017, recayendo sentencia favorable a nuestras pretensiones en la que se establecía que la Orden de convocatoria del concurso “no es ajustada a Derecho en lo relativo a la convocatoria de plazas de la MUGEJU; y en consecuencia procede anularla en tal extremo”. En la sentencia del recurso de apelación formulado por la Administración contra esta sentencia se determinaba que “quedaría vedado que la Administración volviera a actuar de la misma manera en ejercicio de las facultades de autoorganización que reclama el AE pues no podrían avalar una actuación similar (exclusión generalizada de las plazas MUGEJU) sustentada en idénticas razones”
En este estado de cosas el Ministerio estaba obligado por la Administración de Justicia a incluir las vacantes de MUGEJU en los concursos de traslado. Su empeño en seguir incumpliendo la legalidad, a pesar del mandato judicial, llevó al tándem MUGEJU/Ministerio a elaborar con inusitada urgencia una RPT en la que todas las plazas estaban singularizadas con el único fin de evitar así su inclusión en el concurso de traslado ordinario que se iba a convocar en fechas subsiguientes
La Administración nunca hizo caso a estas sentencias y no incluyó las plazas vacantes de MUGEJU en el siguiente concurso de traslado convocado en 2019, alegando que iba establecer la RPT de MUGEJU, que CCOO llevaba también años reclamando
Antes de la convocatoria del concurso de traslado 2019 (publicado en el BOE el 18 de julio de ese año), el Ministerio de Justicia publica, en el BOE de 28 de febrero de 2019, la RPT de la MUGEJU, incumpliendo el deber de negociar (como las sentencias de la Audiencia Nacional reconocieron expresamente), con la intención, parece evidente, de no aplicar las sentencias anteriores y verse obligado a incluir, como expresaban sin matices ambas sentencias, todas las plazas de MUGEJU en el concurso de traslado ordinario 2019
Una nueva ilegalidad, no negociar la RPT, que también recurrió CCOO ante los Tribunales de Justicia, con sentencias posteriores también ganadas por este sindicato en las que la Audiencia Nacional consideró nula la RPT por no ser ajustada a derecho por falta de negociación
En la sentencia, de 9 de octubre de 2019 se expresaba por el Juzgado lo siguiente ante la demanda de CCOO: “no existe ninguna duda acerca de que en el presente caso, era preceptiva la negociación colectiva, y que la RPT impugnada está viciada de nulidad por incumplimiento del requisito de negociación colectiva”. La Administración vuelve a recurrir en apelación esta sentencia y, ante el recurso presentado por el Ministerio de Justicia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, dicta una sentencia el de 9 de marzo de 2020 con el siguiente fallo: FALLAMOS 1) Desestimar el recurso de apelación. 2) Confirmar la sentencia de primera instancia
El Ministerio de Justicia, no obstante, se obstinó en desobedecer las sentencias judiciales y volvió a no incluir las plazas de MUGEJU en el concurso de traslado de 2020, lo que llevó a CCOO a solicitar al juzgado la ejecución de la sentencia que obligaba a incluirlas, requiriendo el Juzgado al Ministerio para que indicará qué actuaciones había realizado para esa ejecución; ante esta situación el Ministerio de Justicia se vio obligado, contra su voluntad mantenida durante decenas de años, a convocar a los sindicatos para negociar la RPT
Fruto de esta negociación (y acuerdo por parte de CCOO en la misma) se publica hoy en el BOE esta RPT que incluye:
- Que solo el 13,3% de las plazas sean singularizadas (frente al 100% que inicialmente pretendía el Ministerio y la MUGEJU)
- Que en el plazo de dos años, contados a partir de mañana, se convoquen y resuelvan los concursos de traslado que incluyan todas las plazas vacantes
Ha sido un duro y largo trabajo de CCOO que ha dado finalmente sus frutos, aunque queda mucho por hacer para desmontar una estructura acostumbrada al desafío de la legalidad en que se ha venido convirtiendo la MUGEJU durante años. Seguiremos trabajando, por ejemplo:
- para que las gratificaciones y complementos de productividad dejen de adjudicarse “a dedo” y se asignen con criterios de publicidad y objetividad, y no pueda haber discriminación contra ninguna persona
- para que la MUGEJU defienda los intereses de mutualistas y personas beneficiarias y no los de las Entidades Médicas privadas (EEMM), como sigue ocurriendo en la actualidad. La actuación de las EEMM en esta pandemia ha sido lamentable, y solo las constantes presiones de CCOO y de las personas mutualistas han corregido en parte sus decisiones
- y para que todos los colectivos de mutualistas, independientemente del cuerpo al que pertenezcan, estén representados democráticamente y en condiciones de igualdad en los órganos de participación y control de la MUGEJU, sin privilegios para los de mayor titulación como ocurre en la actualidad
MUGEJU informa en su web sobre el retraso en el pago de la prestación por Incapacidad Permanente. Se pagará el 6 de noviembre
31 oct 2020
Archivado en: MUGEJU, Mutualidad, Prestaciones
Información acerca pago de Prestaciones Económicas
Publicado en la página web de MUGEJU: las personas mutualistas adscritas a la entidad médica CASER deberán cambiar de entidad médica o al INSS al no suscribir esta entidad la prórroga del Concierto Sanitario
29 oct 2020
Archivado en: MUGEJU, Mutualidad, Prestaciones
Publicado en la página web de MUGEJU: las personas mutualistas adscritas a la entidad médica CASER deberán cambiar de entidad médica o al INSS al no suscribir esta entidad la prórroga del Concierto Sanitario con MUGEJU. Enlace
El cambio a otra entidad médica de las que suscriben la prórroga del Concierto Sanitario, o al servicio público de salud de la Comunidad Autónoma, podrá realizarse desde el próximo 1 de diciembre hasta el 31 de enero de 2021
Aviso a los mutualistas adscritos a CASER
Le informamos a todos los mutualistas adscritos a la entidad médica CASER que esa compañía no va a suscribir la prórroga del Concierto de Asistencia Sanitaria para 2021, por lo que se hace necesario el cambio de entidad médica
Con objeto de facilitar este obligado trámite, MUGEJU va a proceder a ampliar el período anual de cambio ordinario de Entidad para los mutualistas acogidos a CASER a partir del 1 de diciembre de 2020
Este plazo especial ampliado de cambio de entidad ordinario abarcará desde el 1 de diciembre de 2020 al 31 de enero de 2021, período en el que los mutualistas deberán elegir entre recibir asistencia sanitaria a través de una de las compañías aseguradoras privadas: SEGURCAIXA ADESLAS, ASISA, DKV SEGUROS, MAPFRE, NUEVA MUTUA SANITARIA, SANITAS o a través de los Servicios de Salud de la Comunidad Autónoma donde resida (opción INSS)
El cambio a la nueva entidad médica se hará efectivo a partir del 1 de febrero de 2021. Hasta esa fecha, los mutualistas continuarán recibiendo la asistencia sanitaria a través de CASER, como hasta ahora
Nos encontramos trabajando en un procedimiento ágil a través de la sede electrónica para que facilite el cambio de entidad médica sin necesidad de desplazamientos a las oficinas de MUGEJU. En los próximos días recibirán una carta informando del procedimiento para realizar este cambio
CCOO logra, tras años de reclamaciones, recursos y numerosas sentencias ganadas por el sindicato, que la MUGEJU sea un centro de destino efectivo para el Personal Funcionario de la Administración de Justicia
16 oct 2020
Archivado en: MUGEJU, Mutualidad, Negociación, RPT
Durante horas se ha celebrado la tercera reunión de negociación de las RPT de MUGEJU, que ha permitido modificar una propuesta inaceptable que pretendía de nuevo impedir el acceso del personal funcionario de la Administración de Justicia a los puestos de trabajo de este organismo
CCOO LOGRA TRAS AÑOS DE RECLAMACIONES, RECURSOS Y NUMEROSAS SENTENCIAS GANADAS POR EL SINDICATO, QUE POR FIN LA MUGEJU SEA UN CENTRO DE DESTINO EFECTIVO PARA EL PERSONAL FUNCIONARIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
LA RPT DE MUGEJU CONTENDRÁ DESDE SU PUBLICACIÓN EN EL BOE 97 PUESTOS GENÉRICOS DE UN TOTAL DE 112, EL 86,607% DEL TOTAL, RESTABLECIENDO LA NORMALIDAD EN LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO, QUE HA VULNERADO DURANTE LUSTROS LOS PRINCIPIOS DE IGUALDAD, MÉRITO, CAPACIDAD, ASÍ COMO EL DE PUBLICIDAD
LA PERSEVERANCIA DE CCOO, Y TODAS LAS ACTUACIONES QUE HEMOS LLEVADO A CABO EN LOS ULTIMOS AÑOS, HA PERMITIDO GARANTIZAR EL ACCESO DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, POR EL SISTEMA ORDINARIO DE PROVISIÓN, A DECENAS DE PUESTOS DE TRABAJO QUE HAN SIDO VETADOS DURANTE AÑOS POR LAS NUMEROSAS GERENCIAS DE MUGEJU Y LOS DIFERENTES EQUIPOS DEL MINISTERIO DE JUSTICIA
La Gerencia de MUGEJU se ha
comprometido además a revisar los sistemas de reparto de gratificaciones y la
asignación de las prolongaciones de jornada aplicando criterios objetivos y
transparentes, lo que también ha sido una exigencia de CCOO
durante la negociación para la firma de este acuerdo
Otro de los principales aspectos a resaltar durante la negociación ha sido la exigencia de CCOO de que se modifique radicalmente el sistema actual de asignaciones “a dedo” de gratificaciones y productividad (prolongaciones de jornada). Aunque no es un aspecto que estén obligados a recoger en la Orden que aprueba la Relación de Puesto de Trabajo, este sindicato lo planteó desde el inicio de la negociación como un asunto esencial e imprescindible para llegar a un acuerdo. También reclamamos desde el inicio de la negociación que los puestos singularizados tuvieran un complemento específico superior. Y hemos exigido de nuevo el reconocimiento expreso de la labor del Personal Laboral en la MUGEJU, aunque la regulación de este personal esté contenida en el Convenio Único de la Administración General del Estado
Finalmente el nuevo Gerente de la Mutualidad se ha comprometido textualmente (y así constará en las actas de las reuniones) a “analizar la situación actual; a establecer criterios objetivos, conocidos y previamente determinados; a la posibilidad de acceso para todo el personal de Mugeju, y con las únicas premisas de voluntariedad y disponibilidad presupuestaria”. Respecto a establecer un complemento específico superior en los puestos singularizados, como demandaba CCOO, MUGEJU y el Ministerio de Justicia se han negado alegando, no solo la falta de partida presupuestaria, sino a que las funciones y tareas no se modifican en ningún puesto de trabajo. Sobre esta cuestión, CCOO ha manifestado su rechazo contundente y la presentación de su voto particular (enlace:Voto particular de CCOO tras la negociación de las RPT de MUGEJU)
Durante la negociación de esta RPT, CCOO ha presionado de forma contundente para que se produzca un cambio radical en la gestión de la MUGEJU, donde las arbitrariedades en materia de personal, la falta de democracia interna y de participación en condiciones de igualdad de todo el colectivo de mutualistas y la permisividad con las actuaciones de las entidades médicas privadas contrarias a los intereses del personal, ha sido la tónica general en las últimas décadas
Por ahora, la llegada del nuevo gerente a la MUGEJU, apunta hacia una mejor gestión de estas cuestiones que CCOO ha venido denunciando públicamente y ante los tribunales con la máxima insistencia y contundencia y sobre las que seguiremos trabajando como hasta ahora hasta conseguir que las Entidades Médicas Privadas estén al servicio de todos y todas las mutualistas y para la modificación del Real Decreto que regula la composición y funcionamiento de los órganos de participación, para que, frente al modelo actual que favorece a los cuerpos de superior titulación y discrimina al resto, se establezca una representación democrática e igualitaria
Adjuntamos enlace al último borrador de la Orden de la RPT de MUGEJU, que ha remitido el Ministerio de Justicia en la mañana de hoy como texto definitivo:
A petición de CCOO la MUGEJU modifica la nota informativa sobre la campaña de vacunación contra la gripe
9 oct 2020
Archivado en: MUGEJU, Mutualidad, Prestaciones
CCOO reclamó a la Gerencia de MUGEJU que modificara la nota sobre la vacunación de la gripe (2020-2021) y considerase que en algunas comunidades autónomas las personas mayores de 60 años son grupo de riesgo
CCOO exige que se reduzcan al mínimo los puestos singularizados en la RPT de MUGEJU
6 oct 2020
Archivado en: MUGEJU, Mutualidad, Negociación, RPT
Comienza la negociación de la RPT de MYGEJU, tras la anulación de la anterior por sentencia de la Audiencia Nacional ante los recursos presentados, y ganados, por CCOO en los Tribunales
EL NUEVO GERENTE DE MUGEJU NO HACE SUYA LA RPT ANULADA, PRESENTA OTRA PROPUESTA CON AVANCES SOBRE LA ANTERIOR PERO CLARAMENTE INSUFICIENTES PARA CCOO, PUES EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y MUGEJU SE MUESTRAN INCAPACES DE JUSTIFICAR LOS MOTIVOS DE LA MULTITUD DE PUESTOS SINGULARIZADOS QUE SE MANTIENEN
CCOO SÍ demuestra en
la reunión que la inmensa mayoría de los puestos singularizados que se
mantienen en la nueva propuesta de la RPT de MUGEJU, no responden a criterios
objetivos sino a decisiones que pretenden impedir su cobertura con arreglo al
sistema de provisión ordinaria: concurso de traslado y oferta de empleo
público, vulnerando así la legalidad vigente
CCOO EXIGE QUE DE UNA VEZ LA MUGEJU SE CONVIERTA EN UN CENTRO DE TRABAJO EN EL QUE LA TRANSPARENCIA Y LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS SE AJUSTEN A LA LEGALIDAD, PORQUE NO PUEDEN SEGUIR EXISTIENDO NORMAS INTERNAS QUE CONTRAVENGAN LOS PRINCIPIOS DE IGUALDAD, MÉRITO, CAPACIDAD Y PUBLICIDAD, O QUE SE UTILICE EL DINERO PÚBLICO PARA CASTIGAR A LAS PERSONAS QUE PERSISTEN EN LA DEFENSA DE ESTOS PRINCIPIOS
MUGEJU: publicada la información que venía demandando CCOO sobre la vacunación contra la gripe en la temporada 2020-2021
5 oct 2020
Archivado en: MUGEJU, Mutualidad, Prestaciones
Se acaba de publicar en la web de la Mutualidad General Judicial la información, que viene demandando CCOO, sobre la vacunación de la gripe en la temporada 2020-2021