Se publica la Orden del Ministerio de Justicia por la que se aprueba el denominado Esquema de Seguridad Laboral y Desescalada en la Administración de Justicia


9 may 2020



En el BOE de hoy, 9 de mayo, se publica la Orden del Ministerio de Justicia, por la que se aprueba el denominado "Esquema de Seguridad Laboral y Plan de Desescalada en la Administración de Justicia".

MINISTERIO DE JUSTICIA
Estado de alarma. Administración de Justicia

Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo, por la que se aprueba el Esquema de Seguridad Laboral y el Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19.

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El ministro de Justicia publica esta orden que ha sido rechazada por CCOO y la mayoría de las organizaciones sindicales porque, entre otras cuestiones:

  • Las medidas que contiene impiden, entre otras cuestiones esenciales para la salud del personal, la paralización temporal de la actividad cuando hay riesgo cierto de contagio
  • El Ministerio de Justicia se niega a reconocer que la Administración de Justicia tiene que cumplir estrictamente con lo que establece la Autoridad Sanitaria para cada ámbito territorial: no se puede aceptar que algunas localidades o territorios sigan en la fase 0 y los servicios de Justicia de esa localidad en la fase 1, como si el personal de Justicia y quien tenga que acudir a las sedes judiciales fueran ciudadanía de segunda, que no tienen derecho a la misma protección de su salud que el resto
  • El Ministerio de Justicia no garantiza la defensa de la salud del personal y pretende la imposición unilateral y sin participación del colectivo afectado y sus representantes en las medidas laborales que afectan a nuestra salud que podrán adoptar los órganos de gobierno de la judicatura, fiscalía o LAJ.
  • UNA VEZ MÁS, EL MINISTRO DE JUSTICIA HA ANTEPUESTO LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS NO ESENCIALES DURANTE EL ESTADO DE ALARMA A LA PROTECCIÓN DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS como ya están haciendo desde que aceptaron la presentación de escritos y la práctica de diligencias no esenciales, incluyendo la práctica de actos de comunicación y ejecución no telemáticos que se niegan a prohibir como CCOO ha propuesto insistentemente.
Una vez que analicemos el texto publicado en el BOE, informaremos si su contenido coincide con el documento que se nos entregó la noche del jueves, 7 de mayo con la advertencia, y ultimátum de que ya no se podían hacer más alegaciones y propuestas pues el texto estaba cerrado.


RECORDAMOS la información por la que CCOO manifiesta su rotundo rechazo a esta Orden:




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