CCOO reitera que en 2018 deberá haber inexcusablemente un día de permiso adicional al coincidir, una fiesta de ámbito nacional retribuida no recuperable, en sábado
CCOO se ha dirigido al Ministerio de Justicia, y lo hará igualmente a todas las CCAA, para que en 2018 se aplique, de forma automática, el reconocimiento de un día de permiso adicional a los existentes en las normas legales actuales y futuras (recordamos que ya está en fase de discusión y aprobación, en el Congreso de los Diputados, la recuperación de los tres días de asuntos particulares arrebatados en 2012), al estar en vigor las regulaciones que reconocen este derecho (Resolución de 28 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, y Orden JUS/2538/2013, de 27 de diciembre), cuando una fiesta laboral de ámbito nacional de carácter retribuido, no recuperable y no sustituible por las Comunidades Autónomas, coincide en sábado.
El próximo año 2018, esa fiesta nacional que cae en sábado es el 8 de diciembre, y está señalada, en la Resolución de 9 de octubre de 2017, de la Dirección General de Empleo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2018, como fiesta nacional no sustituible.
"De: SAJ Federal de CCOO
Fecha: 27 de octubre de 2017, 9:19
Asunto: En cumplimiento de la legislación en vigor, CCOO reitera que en 2018 deberá haber un día de permiso adicional al coincidir una fiesta de ámbito nacional no recuperable en sábado
Para: "Subdirector Medios Personales @mjusticia.es>
Buenos días:
En nombre de CCOO, y como venimos reclamando todos los años, y sin perjuicio de la imperiosa necesidad de proceder a negociar el calendario laboral para 2018 antes de finalizar 2017, reiteramos la reclamación, que debe garantizarse todos los años pues así lo establece la normativa legal en vigor:
En cumplimiento de la legislación en vigor (Resolución de 28 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y Orden JUS/2538/2013, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Orden JUS/615/2012, de 1 de marzo, en cuanto al cómputo anual de trabajo efectivo y se aprueba el calendario laboral para el personal de la Administración de Justicia, radicado en el ámbito gestionado por el Ministerio de Justicia, en sus apartado 9.8 y Segundo 7 g) respectivamente), en 2018, al coincidir una festividad laboral (8 de diciembre de 2018) de ámbito nacional de carácter retribuido, no recuperable y no sustituible por las Comunidades Autónomas, en sábado, todos los trabajadores/as de la Administración de Justicia tendrán derecho a un día de permiso adicional a los establecidos en las normas legales presentes y futuras.
Solicitamos su incorporación automática a los días de permiso que podrán disfrutar en 2018 todos los trabajadores/as.
Un saludo
Javier Hernández Gutiérrez
Responsable de Acción Sindical"
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La carta que hemos remitido al Subdirector General de Medios Personales del Ministerio de Justicia es la siguiente:
"De: SAJ Federal de CCOO
Fecha: 27 de octubre de 2017, 9:19
Asunto: En cumplimiento de la legislación en vigor, CCOO reitera que en 2018 deberá haber un día de permiso adicional al coincidir una fiesta de ámbito nacional no recuperable en sábado
Para: "Subdirector Medios Personales @mjusticia.es>
Buenos días:
En nombre de CCOO, y como venimos reclamando todos los años, y sin perjuicio de la imperiosa necesidad de proceder a negociar el calendario laboral para 2018 antes de finalizar 2017, reiteramos la reclamación, que debe garantizarse todos los años pues así lo establece la normativa legal en vigor:
En cumplimiento de la legislación en vigor (Resolución de 28 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y Orden JUS/2538/2013, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Orden JUS/615/2012, de 1 de marzo, en cuanto al cómputo anual de trabajo efectivo y se aprueba el calendario laboral para el personal de la Administración de Justicia, radicado en el ámbito gestionado por el Ministerio de Justicia, en sus apartado 9.8 y Segundo 7 g) respectivamente), en 2018, al coincidir una festividad laboral (8 de diciembre de 2018) de ámbito nacional de carácter retribuido, no recuperable y no sustituible por las Comunidades Autónomas, en sábado, todos los trabajadores/as de la Administración de Justicia tendrán derecho a un día de permiso adicional a los establecidos en las normas legales presentes y futuras.
Solicitamos su incorporación automática a los días de permiso que podrán disfrutar en 2018 todos los trabajadores/as.
Un saludo
Javier Hernández Gutiérrez
Responsable de Acción Sindical"