Vencimiento de plazos de toma de posesión del concurso y de las comisiones de servicio. Noticia rectificada


17 mar 2020




*Noticia rectificada en los plazos que habíamos puesto por error

INFORMACIÓN AL PERSONAL DE JUSTICIA QUE TIENE QUE TOMAR POSESIÓN EN VIRTUD DEL ÚLTIMO CONCURSO DE TRASLADO CUYO PLAZO VENCE EL PRÓXIMO 25 DE MARZO Y PARA EL PERSONAL EN COMISIÓN DE SERVICIO QUE FINALIZA EL 30 DE MARZO

El Ministerio de Justicia informa a CCOO que a lo largo del día de hoy remitirán instrucciones a las Gerencias Territoriales para que se proceda de la misma forma en todo el ámbito de gestión del Ministerio de Justicia.

También se comunicará a las CCAA con competencias transferidas pero éstas, en ejercicio de sus propias competencias, podrán actuar en el mismo o en otro sentido.

Dado que los plazos administrativos están suspendidos tras la declaración del estado de alarma el personal no está obligado a tomar posesión en el plazo inicialmente previsto sino que dichos plazos volverán a contar cuando se anule el estado de alarma según la información que nos facilitan del ministerio.

No obstante, para evitar perjuicios que pudiera causar este retraso en las tomas de posesión, se podrá efectuar la misma en el plazo inicialmente previsto que finaliza el próximo 25 de marzo (Los ceses de Auxilio y Gestión se produjeron el 25 de febrero)

En uno u otro caso nos comunican que se respetarán los derechos económicos que puedan derivarse de este retraso pero, dado que también las gerencias y el ministerio están trabajando bajo mínimos, la inclusión en las nuevas nóminas y el reconocimiento de estos efectos económicos se demorará en función de cómo evolucione la situación.

En cualquier caso es conveniente dirigir por medios telemáticos comunicación a la gerencia territorial y a la Subdirección General de Medios Personales al Servicio de la Administración de Justicia del ministerio bien indicando que se produce la incorporación al nuevo puesto de trabajo y quedan a la espera de que se les comunique el turno de servicios mínimos que debe atender, o bien comunicando que aunque era su intención tomar posesión en el plazo inicialmente previsto no va a llevarlo a cabo hasta que se reponga la suspensión de los plazos administrativos a los efectos oportunos.

Para el caso de las comisiones de servicio cuya vigencia vence dentro de esta situación de estado de alarma el personal deberá comunicar también por medios telemáticos a la gerencia y a la Subdirección de Personal esta situación y su intención de permanecer en el puesto de trabajo actual que ocupa en este momento en comisión de servicio o manifestar su intención de reincorporarse a su puesto de origen. En ambos casos se estará a la espera de la comunicación de las gerencias territoriales para actuar en consecuencia.

Insistimos en que a lo largo del día hoy tendremos ya la información oficial que el ministerio remitirá a las gerencias territoriales y que esta información solo afecta al ámbito no transferido debiendo estar a la espera de las instrucciones que establezcan en las CCAA con competencias transferidas. En uno y otro caso podéis poneros en contacto con los y las representantes de CCOO de Justicia en vuestro territorio. Imprimir artículo