Esta resolución de corte análogo a las resoluciones anteriores en las que se determinaba la restitución del resto de la paga 2012 (en el ámbito de la Administración General del Estado y de la Administración de Justicia no transferida, primero se devolvió el 24,04 % de la paga, posteriormente el 26,23 %, ahora el 49,73% restante), es más que probable que se publique en el BOE en los próximos días.
La resolución emite instrucciones internas para el abono a todos los departamentos de la Administración General del Estado, y también a la habilitación central del Ministerio de Justicia, pues esta devolución afecta a todo el personal de la Administración de Justicia no transferida (personal funcionario de los cuerpos generales y especiales, personal laboral, así como a magistrados, jueces, fiscales y letrados).
En dicha resolución, se determina (como ya sucedió en las precedentes resoluciones de devolución parcial de la paga 2012) que estas percepciones corresponden a ingresos de 2016, por lo que no implicarán en ningún caso la realización de declaraciones complementarias del IRPF del año 2012.
Finalmente, la resolución contempla que estas cantidades, correspondientes al 49,73 % de la paga 2012 (o 91 días de los 183),se abonarán en una nómina de incidencias durante lo que resta del mes de abril, y, en caso de no ser posible, en la primera nómina en que esto sea posible.
En el caso de la Administración de Justicia no transferida, según la información directa de la que en estos momentos disponemos, lo más probable es que se abone en el mes de mayo, pues los responsables de su inclusión en nómina (de incidencias u ordinaria) consideran imposible técnicamente hacerlo antes.
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